Disposición N° 162/HGAP/19

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición14 de Junio de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN CONJUNTA N162/HGAP/19
Buenos Aires, 5 de junio de 2019
VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017), y los Decretos Nº
326/AJG/17 y N° 287/AJG/18, el Expediente Electrónico N° 12969175-GCABA-
HGAP/19, la DISFC-2019-149- GCABA-HGAP, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante DISFC-2019-149-GCABA-HGAP del 30/05/2019, se aprobó la
Contratación Menor - Proceso de Compra N° 425-1229-CME19, en el marco de lo
establecido en el artículo 38° de la Ley N° 2095;
Que, con posterioridad al dictado del mencionado acto administrativo, se
desactualizaron en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores
(R.I.U.P.P.) las firmas: OXIGENOTERAPIA NORTE S.A.C.I.F.I.A. y Air Liquide
Argentina S.A.;
Que, OXIGENOTERAPIA NORTE S.A.C.I.F.I.A., normalizó su situación ante el RIUPP
el 04 de junio, mientras que Air Liquide Argentina S.A., lo hará a fin del corriente mes;
Que, dado la necesidad de adquirir los insumos que comprenden la presente
contratación, se decidió rectificar la adjudicación de Air Liquide Argentina S.A.
(Renglón Nº 9) en favor de la siguiente oferta que se ajusta a los requerimientos del
servicio;
Que, en consecuencia, procede rectificar el Artículo 1° de la DISFC-2019-149-
GCABA-HGAP, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1º.-
Apruébese la Contratación Menor - Proceso de Compra N° 425-1229-CME19,
realizada al amparo de lo establecido en la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N°
6017), y los Decretos Nº 326/AJG/17 y N° 287/AJG/18, artículo 38°, por el Hospital
General de Agudos "Dr. José María Penna" para la adquisición de cable armado, llave
reguladora, frasco humificador, sensor de flujo y Juego de pinzas, para los Servicios:
Pediatría, Terapia Intensiva, Guardia y Neonatología y adjudicase a las firmas:
CEGENS S.A.; (Renglón N° 1) por la suma de Pesos: veintiún mil ochocientos
cuarenta - $ 21.840,00.-, BHAURAC SA (Renglón Nº 3) por la suma de Pesos: siete
mil novecientos veinticinco - $ 7.925,00.-; DCD PRODUCTS SRL (Renglón N° 11) por
la suma de Pesos: siete mil trecientos ochenta y nueve - $ 7.389,00.-,
OXIGENOTERAPIA NORTE S.A.C.I.F.I.A. (Renglones N° 2, 7, 9 y 12) por la suma de
Pesos: ciento noventa y seis mil ochenta y cinco con treinta y cuatro centavos - $
196.085,34.-, UNIC COMPANY SRL (Renglones N° 5, 10 y 13) por la suma de Pesos:
cuarenta y tres mil quinientos veinte - $ 43.520,00.- y VICMOR SRL (Renglón N° 8) por
la suma de Pesos: cincuenta y un mil doscientos cuarenta y seis con veintiocho
centavos - $ 51.246,28.-, ascendiendo el total de la contratación a la suma de Pesos:
trescientos veintiocho mil cinco con sesenta y dos centavos - $ 328.005,62.-, cuyo
detalle obra en Anexo (IF-2019-17821817-GCABA-HGAP), que a todos los efectos
forma parte integrante de la presente disposición".
Por ello, conforme artículo 19° del Decreto 1510/97 de Procedimiento Administrativo
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5639 - 14/06/2019

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