Disposición N° 1614/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1614/DGIUR/21
Buenos Aires, 20 de septiembre de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 23.205.654/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea Interno de Basamento para la Sección 077; Manzana 033B;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-27467777-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea Interna de Basamento
conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en un área
especial individualizada Arquitectura Especial AE26 Pasajes de la Ciudad,
correspondiente al pasaje El Fuerte, zona afectada por Unidades de Sustentabilidad
de Altura Baja 1 (U.S.A.B. 1) (s/Artículo 4.1.20 Anexo II del Código Urbanístico, Ley
N° 6099), por lo que corresponde el trazado de la Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Morón, Carrasco, el pasaje El
Fuerte y Bermúdez. Dicha manzana posee un frente de 103,18 m sobre la calle Morón,
un frente de 58,69 m sobre la calle Carrasco, un frente de 138,96 m sobre el pasaje El
Fuerte y un frente de 53,10 m sobre la calle Bermúdez; todos ellos medidos en las
intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa una
superficie total de 6.295,78 m2, de acuerdo a Consulta de registro catastral obtenida
por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para las unidades de
afectación (A.E.26 - U.S.A.B.1) en el Artículo 4.1.20 del Anexo II de dicho Código
Urbanístico, la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera
factible proceder a trazar la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico
que adjunta-;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea Interna de
Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL
DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Fíjase como Línea Interna de Basamento la Sección 077; Manzana 033B,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6221 - 23/09/2021

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