Disposición Nº 161/GCABA/AGIP/17
Firmantes | Fernández |
Emisor | ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS |
VISTO:
El Decreto N° 433/GCABA/16, la Resolución N° 343/AGIP/13, el Expediente
Electrónico N° 15.996.661/DGPLYCON/17 y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto originado por el
Servicio de mantenimiento e incorporación de nuevas funcionalidades del aplicativo
GICE (Gestión Integral de Catastro Económico) solicitado por la Subdirección General
de Sistemas de la Dirección General Planificación y Control de la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que el mencionado servicio resulta imprescindible a los efectos de actualizar,
administrar e incorporar las modificaciones parcelarias y edilicias, de cuya gestión se
obtiene la base imponible para la liquidación del Impuesto Inmobiliario y la liquidación
de Diferencias de Avalúo, brindando a su vez cobertura a los usuarios de los citados
aplicativos ante situaciones de real emergencia e imposibilidad de aplicación del Plan
de Contingencia;
Que el servicio en cuestión fue adjudicado oportunamente por Orden de Compra N°
8618-0605-OC15 y prorrogado por Orden de Compra N° 8618-7162-OC15, cuyo
vencimiento operó con fecha Junio 2016;
Que por Expediente Electrónico N° 11.156.756/AGIP/16 se requirió la nueva Licitación
Pública para la contratación del servicio, según los procedimientos vigentes en materia
de Compras y Contrataciones establecidos por la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado
según Ley N° 5.666) encontrándose en etapa de confección de pliegos;
Que siendo éste un servicio de imprescindible necesidad para el normal
funcionamiento de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, resultó
impostergable su continuidad durante los meses de Abril, Mayo y Junio 2017;
Que la erogación mensual promedio del último semestre por el servicio del que se
trata asciende a $ 576.000.- (PESOS QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL);
Que la firma Ecodatos S.A. ha presentado un mantenimiento de oferta (DOCFI-2017-
21944739-AGIP), respecto de la Orden de Compra que dio origen al servicio, la que se
encuentra actualmente vencida;
Que se considera un monto razonable y adecuado, dado que el valor del servicio no
ha variado respecto de los montos cotizados por el adjudicatario en la contratación
original, y teniendo...
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