Disposición N° 16/DGTALGOB/19

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición15 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 16/DGTALGOB/19
Buenos Aires, 10 de abril de 2019
VISTO: La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 304/18, la
Resolución N° 2.291/MEFGC/18, las Disposiciones N° 13/DGTALGOB/19, y su
modificatoria N° 14/DGTALGOB/19, el Expediente Electrónico Nº 10.756.419/GCABA-
DGRC/19 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017) sancionó la Ley de relaciones
laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la
cual establece que será de aplicación a todo el personal de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Poder
Ejecutivo, inclusive entes jurídicamente descentralizados, y sociedades estatales y el
personal dependiente de las comunas;
Que por Decreto N° 304/18, se delegó al señor Ministro de Economía y Finanzas la
facultad de dictar el Régimen de Evaluación de Desempeño Anual aplicable al
personal comprendido en los artículos 4° y 39° de la Ley N° 471, como asimismo la de
aprobar los Formularios de Evaluación de Desempeño y las Disposiciones Particulares
del mismo;
Que por la Resolución N° 2.291/MEFGC/18, se aprobó el Régimen de Evaluación de
Desempeño Anual aplicable al personal comprendido en los artículos 4° y 39° de la
Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017);
Que atento ello, el Anexo I de la mencionada Resolución, se estableció que, en caso
de disconformidad con la evaluación, los agentes comprendidos en el artículo 4° de la
Ley N° 471 podrán solicitar revisión ante la Gerencia Operativa de Recursos Humanos
o equivalente en cada jurisdicción;
Que en ese sentido, el Director General Técnico Administrativo Legal o equivalente
según jurisdicción designará a los integrantes del Comité de Revisión, el cual estará
conformado por tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes, siendo éstos la
Autoridad Superior de la Unidad Organizativa, con jerarquía no inferior a Director
General, en la cual fue evaluado el agente, o el superior inmediato de dicha Autoridad,
y su suplente con rango equivalente o superior a Director General de igual jurisdicción;
un representante de la Gerencia Operativa de Recursos Humanos o equivalente, con
rango no inferior a Subgerente Operativo, de la jurisdicción del evaluado, y su suplente
con rango equivalente o superior a Subgerente Operativo; así como también un
representante Gremial y su suplente, ambos con mandato suficiente y representación
en el área que revista el evaluado;
Que, con respecto a ello, por Disposición N° 13/DGTALGOB/19 y su modificatoria N°
14/DGTALGOB/19, se creó al Comité de Revisión correspondiente a la Dirección
General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la
Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, el cual se encuentra
conformado por integrantes titulares y sus respectivos suplentes;
Que el Comité de Revisión está conformado por el Sr. Mariano Lucas Cordeiro, CUIL
N° 20-20442452-8, titular de la Dirección General Registro del Estado Civil y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5598 - 15/04/2019

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