Disposición N° 1580/DGEVA/19

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición12 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N1580/DGEVA/19
Buenos Aires, 20 de septiembre de 2019
VISTO: Las Leyes N° 123 y modificatorias (texto consolidado por Ley N° 6.017), el
Decreto N° 85/19, la Resoluciones Nros. 11-APRA/19 y 72-GCABA-APRA/19, el
Expediente Electrónico N° 23891424-GCABA-DGEVA/19, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del
proyecto: "Obra nueva: 6.2.17 Oficina Comercial/ Consultora; 1.8 Comercio minorista
excluido comestibles como uso principal; 1.5 Alimentación en general y gastronomía",
a desarrollarse en el predio ubicado en la calle Avenida del Libertador N°
6.201/09/11/15/17 y la calle Olazabal N° 1.483 3°, 2° y 1° Subsuelo, Planta Baja y 1° a
14° Piso, de esta Ciudad, con una superficie total de 17.349,17 m2, Nomenclatura
Catastral: Circunscripción: 20, Sección: 25, Manzana: 72, Parcela: 27D/31/32/33, área
según CUR: 2/4.
Que se observa que se trata de la construcción de un edificio de oficinas comerciales
con tres niveles de subsuelos, planta baja y 14 pisos;
Que propone contar con 4 locales comerciales en planta baja destinado al rubro
gastronómico y comercios minoristas;
Que en los pisos del 1° al 13°, contarán con 77 unidades amplias de oficinas
comerciales/consultoras y salas de reuniones común en el primer nivel;
Que en el 9° piso, se ubicará un salón de usos múltiples y una gran expansión con
vista al río;
Que el piso 14° se localizarán las salas de máquinas para su mantenimiento
correspondiente;
Que de los usos linderos, se manifiesta que en la parcela 027d funcionaban locales
comerciales y oficinas; en la parcela 31 estaba ocupado por una vivienda unifamiliar; la
parcela 32 eran locales comerciales y oficinas, mientras que en la parcela 33 se
localizaba una vivienda unifamiliar;
Que en relación a la Etapa de obra los días y horarios de trabajo es de lunes a viernes
de 8:00 a 17:00 horas y sábados de 8:00 a 12:00 horas;
Que con relación a las excavaciones, movimiento de suelos y rellenos, las tareas se
planificarán de manera de reducir a un solo punto de ingreso y egreso de vehículos
que transportan material de excavaciones o relleno;
Que en cuanto a las emisiones gaseosas, se declara que se respetarán los niveles de
emisión y concentración de las mismas;
Que se declara que los materiales capaces de desprender polvo serán transportados
en vehículos cubiertos con tenor de humedad suficiente. Estos materiales serán
descargados, cargados dentro del límite del predio;
Que en caso de que las condiciones organolépticas hagan presumir la existencia de
contaminantes, deberán realizarse los análisis de laboratorio correspondiente para
determinar la calidad del material y proceder a su adecuado manejo;
Que con respecto a los ruidos y vibraciones, se declara que serán programadas las
actividades de manera de minimizar las afectaciones por ruidos y vibraciones
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5740 - 12/11/2019

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