Disposición Nº 158/GCABA/HBR/15
Firmantes | Maiorano - Miranda |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Hospital Bernardino Rivadavia |
Fecha de la disposición | 22 de Septiembre de 2015 |
VISTO
Expediente Electrónico N° 17217683-MGEYA-HBR-2015, la Ley N° 2.095 y su
modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A. N° 4313) de aplicación en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario N° 95/14 y,
CONSIDERANDO
Que, por la citada actuación se tramita el Proceso de Compra N°: 431-1394-CME15
bajo la modalidad de Contratación Menor para la ADQUISICION DESCARTABLE, con
destino al Servicio de Hemoterapia, bajo el nuevo sistema de compras electrónicas
BAC, siguiendo la normativa vigente y el Decreto N°: 1145/09 (ANEXO I
PROCEDIMIENTO BUENOS AIRES COMPRA);
Que, por Disposición N° 387-HBR-2015 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares a regir en la Contratación en cuestión y se llamo a Contratación Menor N°
431-1394-CME15 para el día 30/06/2015 a las 12:00 horas, al amparo de lo
establecido en el Articulo N° 38° de la Ley N° 2095 y su modificatoria Ley 4764 y
Decreto Reglamentario N° 95/14;
Que, tal como luce en el Acta de Apertura (BAC) se recibieron cinco (5) ofertas de las
firmas: BIOQUIMICA S.R.L., HEMOMEDICA S.R.L., LABORATORIOS BRITANIA S.A.,
EGLIS S.A. Y RENALIFE S.A.;
Que, obra el cuadro comparativo de precios y su recomendación (BAC), según lo
manifestado en EL Informe Técnico de fecha 08/09/2015, de los cuales surge que
corresponde la adjudicación de las ofertas presentadas por: HEMOMEDICA S.R.L.
(Renglones Nros. 1 y 4). EGLIS S.A. (Renglón N° 7) y RENALIFE S.A. (Renglones
Nros. 2 y 3), por resultar única oferta conforme los términos del artículo 108° de la Ley
N° 2095 y su modificatoria;
Que, según Memorando n° 5127/DGCyC/08, han quedado sin efecto las verificaciones
por parte de la Dirección General de Compras y Contrataciones en los procedimientos
licitatorios que lleven a cabo;
Que, en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto
administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el art. 109° de la Ley N° 2.095 y su
modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A. N° 4313) de aplicación en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario N° 95/14, y lo dispuesto
en los Artículos 6° del Decreto N°: 392/2010.
EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA"
EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Y
EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION
ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA
DISPONEN:
Apruébese la CONTRATACION...
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