Disposición N° 155/DGAR/21

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición27 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.° 155/DGAR/21
Buenos Aires, 22 de abril de 2021
VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), su Decreto
Reglamentario N° 74- GCABA/21, la Resolución N° 424-GCABA-MHGC/13, la
Disposición N° 167-GCABA-DGCyC/21, el Expediente Electrónico N° 06461014-
GCABA-SSCPEE/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el visto tramita la contratación de las
instalaciones del Club San Carlos prestando su servicios en la calle Riglos N°920 y el
Club San José en Carabobo N°899, correspondiente al administrador legitimado
Marcelo Fabian Innocenti (CUIT 20-16673232-9) para el dictado de las clases de
Educación Física correspondiente a las Escuelas: Escuelas de Comercio N°21, Distrito
N°11; Comercio N°9, Distrito N°11; Comercio N°16, Distrito N°7; Comercio N °17,
Distrito N°7 y Liceo N° 12, Distrito N° 8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
solicitada por la Dirección General de Educación de Gestión Estatal con el aval de la
Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa;
Que mediante IF-2021-09146464-GCABA-MEDGC, el Coordinador de Educación
Física informa que: se ha considerado en el marco de la cercanía geográfica del Club
San Carlos y el Club San José con las Escuelas anteriormente mencionadas (...) por
facilitar el acceso y traslado de los alumnos de esos establecimientos educativos al
Club, resultando ser éste un factor fundamental y determinante de ponderación para
su selección. A su vez, la institución mencionada cuenta y dispone de horarios y
espacios suficientes para el dictado de las clases (...) y cuenta con una variedad de
áreas y mobiliario que satisfacen las necesidades técnicas y pedagógicas a tales fines.
Asimismo, el Club San Carlos y el Club San José considerados una referencia barrial,
reconocida y generadora de un ambiente familiar e inclusivo, comprendiendo y
aportando recursos a la sociedad y a la comunidad educativa que la contempla,
resultando, en función de ello, un punto de encuentro con efecto consolidador de las
relaciones de familia y las escuelas de la comunidad que la integran. Al mismo tiempo,
dicha institución es sugerida y recomendada por los equipos de conducción, docentes
y supervisores escolares, dada la importancia que otorga en su labor diaria al contexto
social y la comunidad educativa;
Que en virtud de lo mencionado en el párrafo anterior corresponde encuadrar la
presente como Contratación Directa por Especialidad dentro de los términos del
artículo 28 inciso 4° de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su
Decreto Reglamentario N° 74-GCABA/21;
Que por intermedio de la Resolución N° 424-GCABA-MHGC/13 se estableció que a
partir del 1° de agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley
N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben realizarse por medio del sistema Buenos
Aires Compras (BAC);
Que por Disposición N° 167-GCABA-DGCyC/21 el Órgano Rector aprobó el Pliego de
Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6110 - 27/04/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR