Disposición N° 1542/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 1 de Agosto de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 1542/DGIUR/22
Buenos Aires, 16 de julio de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2022-15210840-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar el
uso “2.3. Locales deportivos (canchas de futbol, canchas de paddle, gimnasios);
bar/confitería, Playa de estacionamiento”, en el inmueble sito en la calle Gana N° 423 -
Planta Baja - (Bajo autopista AU6 - Perito Moreno);
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe IF-2022-24985826-
GCABA-DGIUR mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos del Suelo
estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el punto de vista
urbanístico y patrimonial, la localización del uso solicitado en el Expediente de
referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa vigente que
resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la presente;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en un Área RU Áreas de Renovación Urbana
Generales, Bajo Viaductos de Autopistas Urbanas y RUA -Áreas de Renovación
Urbana linderas a Autopistas del Código Urbanístico;
Que resultan de aplicación los artículos 3.1. (Usos del Suelo Urbano y su
clasificación), 7.2.11.1. (Áreas de Renovación Urbana Generales), 7.2.11.2. (Áreas de
Renovación Urbana linderas a Autopistas (RUA)), 7.2.11.2.3. (Usos de Suelo),
7.2.11.2.5. (Nuevos espacios verdes), 7.2.11.3. (Zonas Bajo Viaductos de Autopistas
Urbanas), 3.2.4. Área de Alta Mixtura de Usos del Suelo (4) del Código Urbanístico y
3.6 Usos complementarios y usos accesorios de la Ley 6361;
Que obra agregado en IF-2022-15210867-GCABA-SSGU (Formulario de ubicación);
IF-2022-15210386-GCABA-SSGU (Relevamiento fotográfico); IF-2022-15210332-
GCABA-SSGU: (Memoria descriptiva); PLANO-2022-15210225-GCABA-SSGU: (Plano
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6430 - 01/08/2022

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