Disposición N° 1537/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición20 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 1537/DGIUR/19
Buenos Aires, 2 de diciembre de 2019
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019 y el Expediente N° 2019-
27423635- -GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar el
uso 1.4 Comercio Minorista de productos de abasto y alimenticios, en el predio sito en
la calle Bolívar Nº 950/998; Carlos Calvo455/499; EEUU 458/470 PB, Local 35 y 36,
inmueble catalogado con nivel de protección estructural;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
32597012/DGIUR/2019 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso solicitado en el
Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa
vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la
presente;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en el Área de Protección Histórica APH 1 - San
Telmo- Monserrat, Zona 2c, (Conforme artículo 5 APH1) del Código Urbanístico (CUr).
Según el Cuadro de Usos por Zona del artículo mencionado anteriormente establece
que a la zona 2c, le corresponde las referencias del Área de Media Mixtura de Usos
del Suelo A 2;
Que por ello, en virtud de la documentación presentada, lo solicitado por el
peticionante y del análisis realizado por la mencionada Gerencia Operativa Usos del
Suelo se considera oportuno acceder a la localización del uso 1.4 Comercio Minorista
de productos de abasto y alimenticios, toda vez el rubro solicitado no originan
impactos relevantes en el inmueble catalogado;
Que respecto a los requerimientos de estacionamiento vehicular, estacionamiento de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5766 - 20/12/2019

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