Disposición Nº 153/GCABA/DGAR/16

FirmantesCurti
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Administración de Recursos
Fecha de la disposición16 de Febrero de 2016

VISTO:

La Ley N° 2.095, la Ley N° 4.764, el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14, el

Decreto N° 1145/GCABA/09, la Resolución N° 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición

N° 396/GCABA/DGCYC/14, el Expediente Electrónico N° 681564-MGEYA-DGSE-

2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el actuado mencionado en el Visto tramita la contratación de un servicio de

elaboración de comidas y distribución en mesa destinado a alumnos becados y

personal autorizado del establecimiento Jardín Maternal N° 6 D.E. 2° sito en Ecuador

261, de ésta Ciudad de Buenos Aires, solicitada por la Dirección General de Servicios

a las Escuelas;

Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios

para hacer frente a la erogación en cuestión;

Que, por el Decreto N° 65/GCABA/2014, se aprobó la Licitación Pública N° 2902/2013

por la cual se garantizaba el servicio de elaboración y distribución de comidas para

todas las Escuelas dependientes del Ministerio de Educación del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en virtud de lo dispuesto por el artículo 48° del Pliego de Bases y Condiciones

Particulares (PLIEG-2013-06639725-DGAR), de la mentada Licitación pública,

aprobado por la Resolución 3752/MEGC/2013, se estableció un procedimiento

especial a seguir para el caso de establecimientos no previstos en la contratación

original;

Que el artículo mencionado establece que: "En el caso de establecimientos no

previstos en la Licitación, la Dirección General de Servicios a las Escuelas, podrá

contratar el servicio de que se trate en forma directa y mediante disposición,

procediéndose a la confección de una nueva orden de compra por el servicio

contratado. A tal efecto, convocará, mediante notificación fehaciente, al menos a tres

firmas cuyas ofertas hayan resultado admisibles en la presente licitación y que a juicio

de esa Dirección estén en condiciones de brindar en forma eficiente el servicio a

asignar, a efectuar las propuestas de servicio correspondiente, las cuales no deberán

superar el precio máximo previsto para el rubro en cuestión en el Art. 74°, el presente,

adjudicando el servicio a quien resulte la oferta más conveniente a su criterio...

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