Disposición Nº 1529/GCABA/DGIUR/17
Firmantes | Copola |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA |
VISTO:
El Expediente N° 19.642.453/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Centro de rehabilitación en general (recuperación física y/o social);
Gimnasio", para el inmueble sito en la calle Juana Manso N° 123, Planta Baja,
Subsuelo, UF N° 239, con una superficie total de uso de 250,00m2, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble objeto de esta consulta se encuentra afectado al Distrito U11,
Subdistrito R1 de Zonificación General, de acuerdo a lo expuesto en el Parágrafo N°
5.4.6.12 del Código de Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe N°
24401628-DGIUR-2017, en relación a la legislación vigente, informa que el Parágrafo
5.4.6.12 Distrito U11 - Puerto Madero, Artículo 4.1.2 Subdistrito Residencial 1 (R1)
establece:
...4) Usos: Los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N°
5.4.6.12...
5.2.1 USOS DEL SUELO URBANO Y SU CLASIFICACIÓN
"En el Cuadro de Usos N° 5.2.1 se consignan los usos permitidos y las restricciones
que condicionan los mismos, los factores de ocupación del suelo, y los requerimientos
de estacionamiento y lugar para carga y descarga, según corresponda a los distintos
distritos de Zonificación en que se subdivide la Ciudad, salvo en el caso de la zona de
Urbanización Determinada (U) y de las Áreas de Protección Histórica (APH), para las
cuales regirán normas especiales. El Consejo podrá adecuar los cuadros de usos
especiales de estos distritos a los Cuadros de Usos 5.2.1a) y 5.2.1b) correlacionando
los distritos de zonificación general con los subdistritos o subzonas de las normativas
especiales";
Que en tal sentido, y del estudio realizado por el Área Técnica en función del Cuadro
de Usos 5.4.6.12 mencionado, se informa que:
El uso "Centro de rehabilitación en general (recuperación física y/o social)", no se
encuentra enunciado en el Cuadro de Usos 5.4.6.12.
El uso "Gimnasio" se encuentra permitido en el distrito;
Que del estudio realizado por dicha Área Técnica se informa que:
-
El carácter urbanístico del Sector es asimilable al del Distrito R2a de Zonificación
General.
-
El uso "Centro de rehabilitación en general (recuperación física y/o social)" se
encuentra comprendido en el rubro "Instituto o centro de rehabilitación en general
(recuperación física y/o social)" encontrándose permitido en el Distrito R2a, hasta una
superficie de...
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