Disposición Nº 1529/GCABA/DGIUR/17

FirmantesCopola
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

VISTO:

El Expediente N° 19.642.453/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Centro de rehabilitación en general (recuperación física y/o social);

Gimnasio", para el inmueble sito en la calle Juana Manso N° 123, Planta Baja,

Subsuelo, UF N° 239, con una superficie total de uso de 250,00m2, y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble objeto de esta consulta se encuentra afectado al Distrito U11,

Subdistrito R1 de Zonificación General, de acuerdo a lo expuesto en el Parágrafo N°

5.4.6.12 del Código de Planeamiento Urbano;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe N°

24401628-DGIUR-2017, en relación a la legislación vigente, informa que el Parágrafo

5.4.6.12 Distrito U11 - Puerto Madero, Artículo 4.1.2 Subdistrito Residencial 1 (R1)

establece:

...4) Usos: Los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N°

5.4.6.12...

5.2.1 USOS DEL SUELO URBANO Y SU CLASIFICACIÓN

"En el Cuadro de Usos N° 5.2.1 se consignan los usos permitidos y las restricciones

que condicionan los mismos, los factores de ocupación del suelo, y los requerimientos

de estacionamiento y lugar para carga y descarga, según corresponda a los distintos

distritos de Zonificación en que se subdivide la Ciudad, salvo en el caso de la zona de

Urbanización Determinada (U) y de las Áreas de Protección Histórica (APH), para las

cuales regirán normas especiales. El Consejo podrá adecuar los cuadros de usos

especiales de estos distritos a los Cuadros de Usos 5.2.1a) y 5.2.1b) correlacionando

los distritos de zonificación general con los subdistritos o subzonas de las normativas

especiales";

Que en tal sentido, y del estudio realizado por el Área Técnica en función del Cuadro

de Usos 5.4.6.12 mencionado, se informa que:

El uso "Centro de rehabilitación en general (recuperación física y/o social)", no se

encuentra enunciado en el Cuadro de Usos 5.4.6.12.

El uso "Gimnasio" se encuentra permitido en el distrito;

Que del estudio realizado por dicha Área Técnica se informa que:

  1. El carácter urbanístico del Sector es asimilable al del Distrito R2a de Zonificación

    General.

  2. El uso "Centro de rehabilitación en general (recuperación física y/o social)" se

    encuentra comprendido en el rubro "Instituto o centro de rehabilitación en general

    (recuperación física y/o social)" encontrándose permitido en el Distrito R2a, hasta una

    superficie de...

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