Disposición N° 152/SAISSP/22

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición26 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 152/SAISSP/22
Buenos Aires, 20 de mayo de 2022
VISTO: La Ley Nº 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.347), las Resoluciones N°
124-GCABA-ISSP/19 y Nº 100-GCABA-ISPP/21, la Disposición Nº 66-GCABA-
SAISSP/22, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-GCABA/97 (texto
consolidado por Ley N° 6.347), el Expediente Electrónico N° 08187026- GCABA-
DCEISSP/22, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.347), establece que el Instituto
Superior de Seguridad Pública es una instancia de apoyo de la conducción política del
Sistema Integral de Seguridad Pública, y órgano rector de la formación y capacitación
continua y permanente de los actores involucrados y la producción de conocimientos
científicos y técnicos sobre seguridad, y que tiene por misión formar profesionalmente
y capacitar funcionalmente entre otros, al Personal de la Policía de la Ciudad;
Que por medio de Resolución Nº 100-GCABA-ISSP/21, fueron incorporados al VII
Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de
Buenos Aires “Tecnicatura Superior en Seguridad Pública Oficial de Policía”, los
alumnos detallados en el Anexo de la misma, entre los que se encuentra el Sr. Rubén
Joel Cava (DNI 37.542.712);
Que el cadete es designado por el período que dure su formación hasta egresar con el
grado de Oficial de la Policía de la Ciudad, y está sujeto a lo que disponga el
Reglamento de Cadetes aprobado por Resolución N ° 124-GCABA-ISSP/19 y la
restante normativa en la materia;
Que mediante la Disposición N° 66-GCABA-SAISSP/22 dictada el 7 de marzo de
2022, el Sr. Cava fue dado de baja obligatoria por aplicación de lo previsto en el
artículo 97 inciso f) del Reglamento de Cadetes acumulación de inasistencias-;
Que el día 16 de marzo del corriente año el nombrado solicitó vista de las actuaciones
por las que se dispuso su baja obligatoria y la suspensión del plazo procedimental
para la interposición de recursos hasta tanto ello aconteciera;
Que el pedido fue despachado afirmativamente, de conformidad con lo prescripto por
el artículo 99 del D.N.U. N° 1.510-GCABA/97 (texto consolidado por Ley N° 6.347),
aplicable en materia recursiva a tenor del artículo 93 del citado Reglamento;
Que en virtud de ello y ante su citación, el Sr. Cava compareció a hacer efectivo su
derecho de toma de vista el 25 de marzo de 2022;
Que en fecha 28 de marzo del año en curso, el Sr. Cava dedujo Recurso de
Reconsideración con Jerárquico en subsidio, dirigido al Sr. Secretario Académico, en
los términos del artículo 107 del aludido D.N.U. N° 1.510-GCABA/97 (texto
consolidado por Ley N° 6.347) contra la mentada Disposición N° 66-GCABA-
SAISSP/22, solicitando la suspensión de sus efectos;
Que el peticionante mediante un escrito presentado el 13 de mayo de 2022, requirió
nuevamente la toma de vista de las actuaciones, habiéndoselo citado al efecto el 23
de mayo del presente año;
Que el remedio fue interpuesto en tiempo y forma, de acuerdo al citado artículo 107;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6384 - 26/05/2022

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