Disposición Nº 152/GCABA/HNJTB/17

FirmantesCichello
EmisorHOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO JOSÉ TIBURCIO BORDA

VISTO

el Expediente N° 2017-16791748-MGEYA-HNJTB, la Ley N° 2095 promulgada por

Decreto N° 1772/GCBA/2006 (B.O.C.B.A. N° 2557) y su Decreto Reglamentario N°

754/GCBA/2008 (B.O.C.B.A.N° 2960/08); y

CONSIDERANDO:

Que, por el presente actuado tramita la compra de medicamentos (Penicilina G

Benzatinica, inyectable) solicitado por el Servicio de Farmacia dependiente de la

Dirección;

Que se procedió a afectar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para

hacer frente a la erogación en cuestión correspondiente al objeto del gasto 2.5.2.;

Que, obra la Solicitud de Gasto N° 413-3998-SG17, debidamente valorizada y su

correspondiente afectación presupuestaria con cargo al Ejercicio 2017;

Que, obra el Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de

Especificaciones Técnicas;

Que, por Resolución N° 1226/MSGC/07 del 04/06/07 se designa al Hospital como

Unidad Operativa de Adquisiciones en el ámbito del Ministerio de Salud del G.C.B.A;

Que, por Disposición N° 171/DGCyC/2008 (BOCBA N° 2968), la Dirección General de

Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades

otorgadas por la Ley 4764 modificatoria de la Ley 2095 y su Decreto Reglamentario

N°95/2014, aprobó el inicio del Pliego de Bases y Condiciones Generales;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas el Decreto N° 95/2014 reglamentario de

la Ley N° 4764/2014 y el Decreto modificatorio 114/16;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DR. JOSE T. BORDA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE:

Art.1°.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones

Técnicas que como ANEXO forman parte integrante de la presente.

Art. 2°

Llámese a Compra Menor, al amparo de lo establecido en el Artículo 38° de la.

Ley N° 2095 modificada por Ley N° 4764/2014, para la adquisición de medicamentos

(Penicilina G Benzatinica, inyectable), por un monto aproximado de Pesos Catorce Mil

($ 14.000,00) , siendo el pliego sin valor.

Art. 3° Remítanse las...

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