Disposición N° 1505/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición26 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 1505/DGIUR/22
Buenos Aires, 8 de julio de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2022-10751205-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados se consulta por una Obra Nueva en Bajo Viaducto de
Autopistas Urbanas a desarrollarse en el predio sito en la Av. Boedo Nº 1159t y calle
Colombres Nº 1140t. (Sección 036, Manzana 124, Objeto Territorial t1) Áreas Bajo
Viaductos de Autopistas Urbanas. Asimismo, se solicita la localización de los usos
“2.3.3 Gimnasio”, 2.3.8 Natatorio”, 6.1.12 Garage comercial”, “1.5 Alimentación en
general y gastronomía”, “1.4 Comercio minorista de productos de abasto y
alimenticios”, 1.4.4 Local de venta de productos alimenticios y/o bebidas (excluido
feria, mercado, supermercado y autoservicio)”, 1.8 Comercio minorista excluido
comestibles como uso principal”;
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanística de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6099;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
19655834/DGIUR/2022 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana estima oportuna la intervención de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo y esta su vez mediante 21260826/ DGIUR/2022 solicita la intervención del
Consejo Asesor del Plan Urbano Ambiental;
Que en relación, obra agregado el Dictamen (IF-2022-23899300-GCABA-CAPUAM)
mediante el cual el Consejo de Plan Urbano informa que: “(...) 6. Por lo expuesto
precedentemente y lo indicado por la Gerencia Operativa de Usos del Suelo y la
Gerencia Operativa de Morfología Urbana, pertenecientes a la Dirección General de
Interpretación Urbanística, mediante IF-2022-21260826-GCABA-DGIUR e IF-2022-
19655834-GCABADGIUR respectivamente, este Consejo del Plan Urbano Ambiental
considera factible acceder a la localización de los usos: “Gimnasio, Natatorio, Garage
comercial” que se encuadran en los rubros: “2.3.3 Gimnasio”, “2.3.8 Natatorio”, “6.1.12
Garage comercial”, en la Obra Nueva a desarrollarse en el predio sito en la Avenida
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6426 - 26/07/2022

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