Disposición N° 150/HMOMC/21

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición20 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 150/HMOMC/21
Buenos Aires, 15 de septiembre de 2021
VISTO: La Ley Nº 2095 (Textos Consolidados por Ley N° 6.347), Y Decreto Nº 74-
GCABA/21, Art 38, la Disposición Nº DI- 2021-167-GCABA-DGCYC, el Expediente
Electrónico Nº 27257691/GCABA/HMOMC/2021, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la ley mencionada en el Visto se establecen las normas básicas que
contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de
bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los
mismos;
Que por Resolución N° 2481/MEFGC/18 se aprobaron las Políticas, Términos y
Condiciones de Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones,
denominado Buenos Aires Compras (BAC);
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones por Disposición N°DI-2019-
150-GCABA-DGCYC aprobó el Procedimiento para la Administración de Perfiles y de
Usuarios BAC y la matriz de asignación de Perfiles de Usuarios en el Ambiente
Comprador;
Que por Disposición Nº DI-2021-167-GCABA-DGCyC la Dirección General de
Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades
otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N°
6.347) aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
Que por la citada actuación tramita la adquisición de Nutrición parenteral, con destino
al Servicio de Farmacia, por un monto estimado de Pesos: NOVENTA Y TRES MIL
VEINTICUATRO CON 00/100 ($ 93.024,00);
Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos
necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al presente
Ejercicio;
Que siendo los insumos imprescindibles para el normal funcionamiento del Servicio de
Farmacia de este hospital y atento la nota presentada por el servicio de Farmacia, la
negativa de Droguería Propato correspondiente a la Orden de Compra Abierta de
Insumos Biomédicos, la negativa de solicitud de Interzona del insumo gestionado en
autos, se hace necesario, como lo indica la Dirección General Abastecimiento en
Salud , que este establecimiento proceda a su adquisición, motivo por el cual
corresponde su gestión bajo la modalidad prevista en el artículo 38 de la Ley 2.095
(Te x t o Consolidado por Ley Nº6.347) y Decreto Nº 74-GCABA/21 Art 38;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado
por Ley Nº6.347), y Decreto Nº 74-GCABA/21 Art. 38;
EL DIRECTOR
DEL HOSPITAL DE ONCOLOGIA “MARIA CURIE”
EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES
DISPONE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6218 - 20/09/2021

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