Disposición Nº 15/GCABA/DGFYC/15
Firmantes | Iannella - Uberti - Chapar |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General Fiscalización y Control |
Fecha de la disposición | 5 de Marzo de 2015 |
VISTO:
El Expediente N° 10611/05 los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005
(B.O.C.B.A. N° 2126) y N° 2-GCBA/2005 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución
02/SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 11/SSCC/2005 (B.C.B.A. N°
2194) la Resolución N° 12 SSCC-2005 (B.O.C.B.A. N° 2209), la Resolución N° 56-
SSCC/2005 (B.O.C.B.A. 2352), la Resolución N° 12-SSCC-2006 (B.O.C.B.A. N° 2370)
y la Resolución N° 68 -SSEMERG-SSCC-2006 (B.O.C.B.A. N° 2521), la Ley N°
2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07 y;
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Carlos Daniel Rossi (LE 8.400.236) en el carácter de apoderado de PUNTA
CARRASCO S.A., solicitó la renovación de la inscripción al Registro Público de
Lugares Bailables creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005,
para el local ubicado en la Av. Rafael Obligado N° 2222 y Av. Sarmiento S/ N° PB y
Entre Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con
nombre de fantasía "MANDARINE" conforme constancia obrante a fs. 2625/6;
Que, dicho local posee habilitación por expediente N° 41.370/2005, de fecha 21 de
noviembre de 2008 concedida para el rubro local de baile clase "C" con una capacidad
máxima para funcionar un mil seiscientas trece (1.613) personas modificando así la
capacidad otorgada oportunamente mediante Disposición N° 54-DGHP-DGFYC-
DGFOC/05, de fecha 22 de abril de 2005;
Que, mediante Disposición N° 00047-DGHP-DGFYC-DGFOC/05, de fecha 23 de
marzo de 2005, obrante a fs. 263, el local se encuentra inscripto en el Registro Público
de Lugares Bailables bajo el N° 044/05;
Que, mediante las Disposiciones N° 047-DGHP-DGFyC-DGFOC/ 2006, N° 041-DGHP-
DGFyC-DGFOC/2007, N° 031-DGHP-DGFyC-DGFOC/2008, N° 038 - DGHP-DGFyC-
DGFYCO/2009, N° 44-
DGHP-DGFYC-DGFYCO/10, N° 37-DGHP-DGFYC-
DGFYCO/11, N° 24 DGHP-DGFYC-DGFYCO/12, N° 23- DGHP-DGFYC-DGFYCO/13
y N° 15-DGHP-DGFYC-DGFYCO/14 se renovó la inscripción en el Registro Público de
Lugares Bailables para el local antes referido, por el término de un (1) año en cada
una de ellas;
Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo
establecido por la Resolución N° 66/AGC/13.
Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables evaluó la
documentación presentada por la empresa solicitante, y, del análisis efectuado, se
desprende que el solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el
del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005 y sus.
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