Disposición Nº 15/GCABA/DGFYC/15

FirmantesIannella - Uberti - Chapar
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Fiscalización y Control
Fecha de la disposición 5 de Marzo de 2015

VISTO:

El Expediente N° 10611/05 los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005

(B.O.C.B.A. N° 2126) y N° 2-GCBA/2005 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución

02/SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 11/SSCC/2005 (B.C.B.A. N°

2194) la Resolución N° 12 SSCC-2005 (B.O.C.B.A. N° 2209), la Resolución N° 56-

SSCC/2005 (B.O.C.B.A. 2352), la Resolución N° 12-SSCC-2006 (B.O.C.B.A. N° 2370)

y la Resolución N° 68 -SSEMERG-SSCC-2006 (B.O.C.B.A. N° 2521), la Ley N°

2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07 y;

CONSIDERANDO:

Que, el Sr. Carlos Daniel Rossi (LE 8.400.236) en el carácter de apoderado de PUNTA

CARRASCO S.A., solicitó la renovación de la inscripción al Registro Público de

Lugares Bailables creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005,

para el local ubicado en la Av. Rafael Obligado N° 2222 y Av. Sarmiento S/ N° PB y

Entre Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con

nombre de fantasía "MANDARINE" conforme constancia obrante a fs. 2625/6;

Que, dicho local posee habilitación por expediente N° 41.370/2005, de fecha 21 de

noviembre de 2008 concedida para el rubro local de baile clase "C" con una capacidad

máxima para funcionar un mil seiscientas trece (1.613) personas modificando así la

capacidad otorgada oportunamente mediante Disposición N° 54-DGHP-DGFYC-

DGFOC/05, de fecha 22 de abril de 2005;

Que, mediante Disposición N° 00047-DGHP-DGFYC-DGFOC/05, de fecha 23 de

marzo de 2005, obrante a fs. 263, el local se encuentra inscripto en el Registro Público

de Lugares Bailables bajo el N° 044/05;

Que, mediante las Disposiciones N° 047-DGHP-DGFyC-DGFOC/ 2006, N° 041-DGHP-

DGFyC-DGFOC/2007, N° 031-DGHP-DGFyC-DGFOC/2008, N° 038 - DGHP-DGFyC-

DGFYCO/2009, N° 44-

DGHP-DGFYC-DGFYCO/10, N° 37-DGHP-DGFYC-

DGFYCO/11, N° 24 DGHP-DGFYC-DGFYCO/12, N° 23- DGHP-DGFYC-DGFYCO/13

y N° 15-DGHP-DGFYC-DGFYCO/14 se renovó la inscripción en el Registro Público de

Lugares Bailables para el local antes referido, por el término de un (1) año en cada

una de ellas;

Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo

establecido por la Resolución N° 66/AGC/13.

Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables evaluó la

documentación presentada por la empresa solicitante, y, del análisis efectuado, se

desprende que el solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el

artículo 6°

del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005 y sus.

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