Disposición Nº 1499/GCABA/DGIUR/17

FirmantesCopola
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

VISTO:

El Expediente N° 26.824.778/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Restaurante, cantina, pizzería, grill; bar, café, whiskería, cervecería,

lácteos, heladería, etc.; productos alimenticios y/o bebidas" para el inmueble sito en la

Av. Corrientes N° 3201/99, Agüero N° 511/71, Lavalle N° 3110/3200 y Dr. Tomás

Manuel de Anchorena N° 508/96, Piso 2° - Local N° 1218. "Abasto Shopping", con una

superficie a habilitar de 52,30 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 32 "Mercado de Abasto" de

Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado

Decreto N° 1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra catalogado con Nivel de

Protección Estructural. Los usos corresponden al Distrito de Zonificación C3;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

27263586-DGIUR-2017, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los

usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el

Distrito;

Que los usos consignados permitidos en el Cuadro de Usos 5.4.2.1a) del Código de

Planeamiento Urbano en el Distrito de Zonificación C3: "Servicios Terciarios:

Alimentación en general, restaurant, cantina, pizzería, grill con referencia de

estacionamiento 26 (Salón de 150m2 o más: 20%, como mínimo, de la superficie total

construida) y 38 (10% de la superficie del local será estacionamiento destinada para

guarda, con un mínimo de 12,5m2); Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos, heladería,

etc. con referencia 26 de estacionamiento; Comercio Minorista: Productos alimenticios

y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio), (se opere o no por

sistema de venta autoservicio) -Tabaco, productos de tabaquería y cigarrería permitido

hasta 500m2";

Que no se visa Publicidad, toda vez que el local se encuentra dentro del Centro

comercial;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección...

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