Disposición N° 1484/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1484/DGIUR/18
Buenos Aires, 18 de septiembre de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 11.438.697/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos "Servicios: Peluquería y Barbería", para el inmueble sito en la calle
Zapiola Nº 1788, con una superficie de 17,80m², y
CONSIDERANDO:
Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en el Distrito U28 - "Belgrano R" de
Zonificación del Código de Planeamiento Urbano (Ley Nº 449);
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
25611599-DGIUR-2018, indica que el Distrito consigna los usos permitidos y las
restricciones que condicionan los mismos, los factores de ocupación del suelo, y los
requerimientos de estacionamiento y lugar para carga y descarga, según corresponda.
El Art. 5.4.6.29 Distrito U28 - Belgrano R, del C.P.U., ítem 1) da el carácter urbanístico
del distrito: "Sector Urbano que abarca parte del antiguo Barrio de Colegiales, de las
Villas Ortúzar, Mazzini y Urquiza y que han mantenido un paisaje arbolado de tejido
abierto y baja densidad poblacional, con neta predominancia del uso residencial
familiar con edificación acorde con tal paisaje, el que es menester preservar y proteger
en base a las sugerencias y acciones promovidas por los mismos vecinos", mientras
que el parágrafo 5.1: "Usos permitidos", ítem 5.1.2 Otros Usos, establece: "En los
locales existentes no habilitados, se admitirá el funcionamiento de usos comerciales y
de servicios con una superficie máxima de 100m² según lo siguiente: a)...Librería y
Papelería, Perfumería,...Casa de Regalos...; b) Servicios: Estudios y Consultorios
Profesionales, anexos a viviendas, Agencia de Lotería, Quiniela, Peluquería y
Barbería, de mudanzas sin garaje ni depósito, Casa de Fotocopias, Locutorio,
Sucursal Bancaria, Inmobiliaria, Reparación de Electrodomésticos, Museo, Biblioteca,
Correo...". El Punto 5.2, establece: "...Actividades existentes habilitadas: Las
actividades existentes habilitadas en el Distrito, cuyo uso sea conforme de acuerdo al
precedente 5.1, podrán seguir funcionando. Se podrán habilitar nuevos rubros
conformes y transferir su habilitación. Podrán introducirse mejoras, refacciones y
remodelaciones, pero no podrán efectuarse ampliaciones...";
Que consultada la Base de Datos de la PDI, se verifica que el local se encuentra
localizado en un edificio subdividido en Propiedad Horizontal, de P. Baja, 8 pisos altos
y Azotea, con destino vivienda multifamiliar. En P. Baja existen dos locales
comerciales. Posee "Plano de Mensura Particular y División por el Régimen de
Propiedad Horizontal (Ley Nº 13.512), MH-2476-1975;
Que se presentó la siguiente documentación:
Por RE-2018-13283002-SSREGIC, "Declaración Jurada".
Por RE-2018-11438655-SSREGIC, "Constancia de Inscripción en Ingresos Brutos"
Por DOCPE-2018-11438662-SSREGIC, "Constancia de Inscripción en CUIT".
Por RE-2018-11438667-SSREGIC, "Memoria Descriptiva".
Por INLRG-2018-11438659-SSREGIC, "Contrato de Locación", cuya Cláusula
Segunda, "Destino del inmueble", establece que "...El inmueble locado será utilizado
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5467 - 28/09/2018

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