Disposición Nº 1481/GCABA/DGIUR/17
Firmantes | Copola |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA |
VISTO:
El Expediente N° 12.190.562/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Peluquería y Barbería" para el inmueble sito en la calle Bonpland
N° 2029 UF1, con una superficie a habilitar de 45.24m2, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en la Subzona Z4 del Distrito
U20 de Zonificación según lo dispuesto en el parágrafo 5.4.6.21 del Código de
Planeamiento Urbano, Ley N° 449;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
26303381-DGIUR-2017, hace saber que la Ley modificatoria establece en su artículo
6) Zona 4 (Z4) que: "6.1 Delimitación: La Zona Z4 se halla delimitada según Plano N°
5.4.6.21 por el eje de la calle Arévalo, eje de la calle Nicaragua, parcelas frentistas a
ambas aceras de la calle Fitz Roy, eje de la calle Costa Rica, eje de la calle Humboldt,
eje de la calle Charcas, eje de la calle Carranza y eje de la calle Paraguay hasta su
intersección con la calle Arévalo."
Que los Usos permitidos resultan: "Residencia: vivienda individual y colectiva,
convento, casa pensión, baulera", "Servicios: Agencia comercial, Alimentación en
general, Bar-Café, Banco (uno por cuadra), Financieras (una por cuadra),
Copias-reproducciones, Estudios y laboratorios fotográficos, Garage comercial (300
cocheras máximas por cuadra), Estudios y consultorios profesionales, Fúnebres
(oficina), Hotel (uno por cuadra), Análisis clínicos, Laboratorio médico, Oficina
comercial, Personales directos en general, Animales domésticos: Peluquería y otros
servicios, venta (anexada a este servicio), Playa de estacionamiento, Procesamiento
de datos tabulación";
Que, conforme surge de la norma mencionada el carácter urbanístico del área está
dado por la localización de vivienda de alta densidad, con equipamiento comercial y de
servicios a nivel zonal, mientras que los usos solicitados:
*El uso "Peluquería y barbería", se encuadra en el rubro "Personales directos en
general (peluquería, salón de belleza, etc.)". el cual se encuentran expresamente
permitidos en la Z4 del Distrito U20;
Que el uso solicitado no debe encontrarse prohibido en...
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