Disposición Nº 148/GCABA/HBR/17

FirmantesGabas - Fernández Rostello
EmisorHospital Bernardino Rivadavia

VISTO

Expediente Electrónico N° 07647538-MGEYA-HBR-2017, la Ley N° 2.095 (texto

consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por

Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016";

CONSIDERANDO

Que, por la citada actuación se tramita el Proceso de Compra N°: 431-0490-LPU17

bajo la modalidad de Licitación Pública para la ADQUISICIÓN DE INSUMOS VARIOS,

con destino al Servicio de Hemodinamia, bajo el nuevo sistema de compras

electrónicas BAC, siguiendo la normativa vigente y el Decreto N°: 1145/09 (ANEXO I

PROCEDIMIENTO BUENOS AIRES COMPRA);

Que, por Disposición N° 167-HBR-2017 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones

Particulares a regir en la Contratación en cuestión y se llamo a Licitación Pública N°

431-0490-LPU17 para el día 20/04/2017 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido

en el Articulo N° 31° la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto

Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio

Decreto N° 411/GCBA/2016";

Que, tal como luce en el Acta de Apertura (BAC) se recibieron once (11) ofertas de las

firmas: DEBENE S.A., MICROMEDICAL ARGENTINA S.R.L., ANGIOCOR S.A., FV

ENDOVASCULAR S.R.L., DROGUERÍA ARTIGAS S.A., OMNIMEDICA S.A.,

TECNOLOGY S.R.L., BARRACA ACHER ARGENTINA S.R.L., ALPHA MEDICAL

GROUP S.R.L., UNIFARMA S.A. Y MEDICAL WORLD S.A.;

Que, obra el cuadro comparativo de precios, y el DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE

OFERTAS (BAC), según lo manifestado en el Informe Técnico con fecha 27/07/2017,

de los cuales surge que corresponde la adjudicación de las ofertas presentada por:

UNIFARMA S.A. (Renglones Nros. 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17,

18, 19, 20, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 34, 35, 36, 38, 39, 45, 48, 49, 50, 51, 52, 54 Y 55),

FV ENDOVASCULAR S.R.L. (Renglones Nros. 5, 24, 26, 32, 43, 44, 47 y 61),

BARRACA ACHER ARGENTINA S.R.L. (Renglones Nros. 21,23, 25, 41, 42),

OMNIMEDICA SOCIEDAD ANONIMA ( Renglón N° 37), DEBENE S.A. (Renglones

Nros. 40, 56, 57), DROGUERÍA ARTIGA S.A. (Renglón Nro. 58), MICROMEDICAL

ARGENTINA S.R.L. (Renglón N° 60), por resultar oferta más conveniente, conforme

los términos del artículo 109° de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5454),

el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su

modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016";

Que, el Dictamen emitido fue exhibido en la cartelera del organismo...

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