Disposición Nº 148/GCABA/HBR/17
Firmantes | Gabas - Fernández Rostello |
Emisor | Hospital Bernardino Rivadavia |
VISTO
Expediente Electrónico N° 07647538-MGEYA-HBR-2017, la Ley N° 2.095 (texto
consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por
Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016";
CONSIDERANDO
Que, por la citada actuación se tramita el Proceso de Compra N°: 431-0490-LPU17
bajo la modalidad de Licitación Pública para la ADQUISICIÓN DE INSUMOS VARIOS,
con destino al Servicio de Hemodinamia, bajo el nuevo sistema de compras
electrónicas BAC, siguiendo la normativa vigente y el Decreto N°: 1145/09 (ANEXO I
PROCEDIMIENTO BUENOS AIRES COMPRA);
Que, por Disposición N° 167-HBR-2017 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares a regir en la Contratación en cuestión y se llamo a Licitación Pública N°
431-0490-LPU17 para el día 20/04/2017 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido
en el Articulo N° 31° la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto
Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio
Decreto N° 411/GCBA/2016";
Que, tal como luce en el Acta de Apertura (BAC) se recibieron once (11) ofertas de las
firmas: DEBENE S.A., MICROMEDICAL ARGENTINA S.R.L., ANGIOCOR S.A., FV
ENDOVASCULAR S.R.L., DROGUERÍA ARTIGAS S.A., OMNIMEDICA S.A.,
TECNOLOGY S.R.L., BARRACA ACHER ARGENTINA S.R.L., ALPHA MEDICAL
GROUP S.R.L., UNIFARMA S.A. Y MEDICAL WORLD S.A.;
Que, obra el cuadro comparativo de precios, y el DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE
OFERTAS (BAC), según lo manifestado en el Informe Técnico con fecha 27/07/2017,
de los cuales surge que corresponde la adjudicación de las ofertas presentada por:
UNIFARMA S.A. (Renglones Nros. 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17,
18, 19, 20, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 34, 35, 36, 38, 39, 45, 48, 49, 50, 51, 52, 54 Y 55),
FV ENDOVASCULAR S.R.L. (Renglones Nros. 5, 24, 26, 32, 43, 44, 47 y 61),
BARRACA ACHER ARGENTINA S.R.L. (Renglones Nros. 21,23, 25, 41, 42),
OMNIMEDICA SOCIEDAD ANONIMA ( Renglón N° 37), DEBENE S.A. (Renglones
Nros. 40, 56, 57), DROGUERÍA ARTIGA S.A. (Renglón Nro. 58), MICROMEDICAL
ARGENTINA S.R.L. (Renglón N° 60), por resultar oferta más conveniente, conforme
los términos del artículo 109° de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5454),
el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su
modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016";
Que, el Dictamen emitido fue exhibido en la cartelera del organismo...
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