Disposición Nº 1418/GCABA/DGIUR/15
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 25 de Agosto de 2015 |
VISTO:
El Expediente N° 16.372.537/2015 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio Minorista: ropa, confección, lencería, blanco, mantel., textil
en general y pieles" para el inmueble sito en la Av. Avellaneda N° 3710/12 Planta Baja
U.F N° 1, con una superficie a habilitar de 101,1 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 53 "Floresta" de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°
1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
21853800-DGIUR- 2015, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que el Área Técnica informa que: De acuerdo a lo normado por la Ley N° 3507
(Distrito APH 53 - Floresta): "Los inmuebles del área no comprendidos en el "Listado
de Inmuebles Catalogados Distrito APH Floresta", se regirán por el Cuadro de Usos N°
5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano correspondientes al distrito de zonificación
R1bII." En relación a la localización de los usos consignados permitidos; "Comercio
Minorista: Textiles, pieles, cueros, artículos, personales, del hogar y afines. Regalos
(603070/72/603050/ 603240/603310)" en el Cuadro de Usos N° 5.2.1a) del CPU para
el Distrito R1bII, se indica: "EE/SA" (Local o edificio preexistente al 31/12/1996 / Solo
se permite el uso en avenidas). El inmueble en cuestión se encuentra ubicado sobre
una Avenida.
Que por lo expuesto, correspondería acceder el visado de los usos solicitados,
"Comercio Minorista: ropa, confección, lencería, blanco, mantel., textil en general y
pieles (603070)", para el local sito en la Av. Avellaneda N° 3710/12 Planta Baja U.F
N°1, con una superficie de 101,1m2;
Que no se visa publicidad, toda vez que en las fotografías presentadas a páginas 1, 2,
3, 4 y 5 del Informe Gráfico no se visualiza cartel publicitario;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
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