Disposición N° 141/DGAR/21

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición22 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 141/DGAR/21
Buenos Aires, 16 de abril de 2021
VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.347), sus Decretos
Reglamentarios Nros. 168- GCABA/19, 207-GCABA//19 y 74-GCABA/21, la
Resolución Nº 424-GCABA-MHGC/13, la Disposición Nº 1.073-GCABA-DGCyC/19, el
Expediente Electrónico N° 04465401-GCABA-DGSE/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado mencionado en el Visto tramita la adquisición de JABONES DE
TOCADOR con el fin de dar cumplimiento a la medida cautelar dictada en autos
“BREGMAN, MYRIAM TERESA Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE MEDIDA
CAUTELAR AUTÓNOMA Número: EXP 2972/2020-0”, en trámite ante el Juzgado de
Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 1 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, propiciado por la Dirección General de Servicio a las
Escuelas. En dicha resolución se ordenó entregar, un jabón o elementos de higiene
para la adecuada desinfección y limpieza a fin de ser utilizado por sus beneficiarios/as
para el lavado de manos y superficies antes de la elaboración de las comidas y con
anterioridad a su ingesta;
Que la contratación mencionada es para los alumnos beneficiarios de la Canasta
Escolar Nutritiva, implementada como consecuencia de la emergencia sanitaria
declarada y la suspensión de clases dispuesta, modalidad de servicio que fuera
aprobada por la Resolución N° 90-GCABA-SSGEFYAR/20, modificatoria de la
Resolución N° 72-GCABA-SSGEFYAR/20, y ampliándose por Resolución N° 102-
GCABASSGFYAR/20;
Que a la fecha continúan realizándose las mencionadas entregas y la manda judicial
se encuentra vigente;
Que conforme el calendario estimativo de entregas queda debidamente justificada la
urgencia de la contratación, en los términos del Artículo 28, inciso 1, de la Ley N°
2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.347);
Que el Director General de Servicios a las Escuelas presta su conformidad a la
contratación propiciada;
Que por intermedio de la Resolución Nº 424-GCABA-MHGC/13 se estableció que a
partir del 1º de agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley
N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347) que realicen todas las jurisdicciones
dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán
realizarse por medio del sistema Buenos Aires Compras (BAC);
Que por Disposición Nº 1.073-GCABA-DGCyC/19 el Órgano Rector ha aprobado el
Pliego de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones;
Que la Dirección General de Redeterminación de Precios, dependiente del Ministerio
de Hacienda y Finanzas ha tomado su debida intervención;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Legales de Seguros dependiente de la
Dirección Genera l de Compras y Contrataciones, ha tomado su debida intervención;
Que esta Dirección General elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
(PLIEG-2021-08387758DGAR) y la Dirección General de Servicio a las Escuelas, los
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6106 - 22/04/2021

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