Disposición Nº 14/GCABA/DGFYC.../17
Firmantes | Pérez Lorgueilleux - Alonso - May |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL<br/>DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS<br/>DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS |
VISTO:
El Expediente N° 23.794/2009 los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005
(B.O.C.B.A. N° 2126) y N° 2-GCBA/2005 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución
02/SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 11/SSCC/2005 (B.O.C.B.A. N°
2194) la Resolución N° 12 SSCC-2005 (B.O.C.B.A. N° 2209), la Resolución N° 56-
SSCC/2005 (B.O.C.B.A. 2352), la Resolución N° 12-SSCC-2006 (B.O.C.B.A. N° 2370)
y la Resolución N° 68 -SSEMERG-SSCC-2006 (B.O.C.B.A. N° 2521), la Ley N°
2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07, y
CONSIDERANDO:
Que, el Señor Juan Manuel Pereira (DNI 28.079.828) en carácter de Presidente de la
firma GEADA S.A. ha solicitado, la renovación de la inscripción en el Registro Público
de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/05,
para el local ubicado en la Avenida Juan B. Justo N° 1658 y Darwin N° 1550/54 planta
baja y planta alta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla su actividad
con nombre de fantasía "INPUT", conforme constancia obrante a fs. 1166/7;
Que, el mencionado local, posee Habilitación expediente N° 567026/2010 para el rubro
local de baile clase "C" y transferencia de habilitación a nombre de la firma GEADA
S.A. por Expediente N° 232816/2011 de fecha 03 de junio de 2011, con una capacidad
máxima autorizada para funcionar de setecientas cuarenta y dos (742) personas,
conforme constancia obrante a fojas 540;
Que, el local fue inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N°
105/09 mediante Disposición N° 053/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2009 y renovación de
la inscripción anual mediante Disposiciones N° 60/ DGHP-DGFYC-DGFYCO/2010,
Disposición N° 27/ DGHP-DGFYC-DGFYCO/2011, Disposición N° 34/DGHP-DGFYC-
DGFYCO/12, Disposición N° 28/DGHP-DGFYC-DGFYCO/13, Disposición N°
24/DGHP-DGFYC-DGFYCO/14, DISFC-2015-14-DGFYC y DISFC-2016-24-DGFYC;.
Que, el administrado deberá mantener vigentes todos los certificados, constancias y
demás documentación presentada en este acto hasta el vencimiento de la presente
renovación, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de suspender, sin
intimación previa y de manera inmediata, la inscripción del local en este Registro.
Que, la Subgerencia y Gerencia Operativa Registro de Lugares Bailables, evaluaron la
documentación presentada por la empresa solicitante, y del análisis de la
documentación presentada conforme surge del informe obrante precedentemente se
desprende que el peticionante ha dado...
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