Disposición N° 14/DGCYC/20

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición13 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 14/DGCYC/20
Buenos Aires, 7 de enero de 2020
VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto
Reglamentario N° 168/GCBA//19 y su modificatorio N° 207/GCBA/19, el Expediente
Electrónico Nº 30460156/MGEYA/DGCYC/18, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico Nº 04336360-MGEYA-DGCYC-2017 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0213-LPU17, para la
adquisición de Cartuchos, Toner y afines con destino a las áreas dependientes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra GTC RIBBON S.A.;
Que el Convenio Marco rige a partir del 06 de Noviembre de 2017 con una vigencia de
doce (12) meses, 623-66-CM17 (CONVE-2017-29748756-DGCYC), siendo prorrogado
por Resolución N° 2018-2188-MEFGC por otros 6 (seis) meses a partir del 06/11/18
(PV-2018-32545348-DGCYC), dando lugar al CM N° 623-76-CM18;
Que la Gerencia Operativa de Contrataciones da intervención a esta Gerencia
Operativa de Registros dependeinte de esta Dirección General como consecuencia
que:
a) La empresa GTC RIBBON S.A. presento con fecha 18 de junio de 2018 una Nota
ante la Mesa de Entradas de esta Dirección General, informando inconvenientes de
stock de los productos previstos en los Renglones BAC N° 1003, 1005,1007,1009,
1011, 1013, 1015,1017,1049,1051, 1053 y 1055 (RE-2018-30513395-DGCYC).
b) La citada empresa con fecha 1 de Agosto de 2018, efectúa una nueva presentación
manifestando faltantes de stock en lo que respecta a los ítems BAC N° 184, 186, 188
y 190 (RE-2018-30515153-DGCYC).
c) Por último, el día 30 de Agosto de 2018 realiza una nueva presentación
comunicando que el fabricante ha discontinuado en su elaboración el producto
adjudicado en el Renglón BAC N° 998 (RE-2018-30516061-DGCYC).
d) A través de la Cédula de Notificación N° 1814-11-18 (PV-2018-30834094-DGCYC)
rectificatoria de las cédulas N° 914-06-18 (PV-2018-30514969-DGCYC), N° 1166-08-
18 (PV-2018-3015346-DGCYC) y N° 1342-08-18 (PV-2018-30516136-DGCYC),
notificó la ejecución de la revisión definitiva de los actuados por lo cual requiere por
Informe N° IF-2018-30835477-DGCYC se evalué la rescisión de los ítems involucrados
y la consecuente aplicación de penalidades y sanciones correspondiente.
Que considerando que la revisión en cuestión se ha basado en lo establecido en el Art.
7 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que dispone: "Las prestaciones
objeto de la presente Licitación revisten el carácter de especiales, necesarias y
continuas para el normal desenvolvimiento de la función pública inherente al GCABA.
En tal sentido no pueden suspenderse, retardarse y/o discontinuarse. En ningún caso
la invocación de situaciones imprevistas o casos fortuitos autorizará al Adjudicatario a
no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del presente pliego y
del contrato a ser oportunamente suscripto." (PLIEG-2017-08383988-SSGEOPE);
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5778 - 13/01/2020

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