Disposición N° 1373/DGCYC/19

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 1373/DGCYC/19
Buenos Aires, 19 de diciembre de 2019
VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto
Reglamentario N° 326/17 , el Expediente Electrónico N°
38830305/GCABA/DGCYC/19, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley citada en el visto establece los lineamientos básicos que deben observarse
en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector
público de la Ciudad;
Que por Expediente Electrónico Nº 04336360-MGEYA-DGCYC-2017 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0213-LPU17, para la
adquisición de Cartuchos, Toner y afines con destino a las áreas dependientes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra CPT INTEGRAL S.A.;
Que el Convenio Marco rige a partir del 06 de Noviembre de 2017 con una vigencia de
doce (12) meses, 623-66-CM17 (CONVE-2017-29748756-DGCYC), siendo prorrogado
por Resolución 2018-2188-MEFGC por otros 6 (seis) meses a partir del 06/11/18 (PV-
2018-32545348-DGCYC), dando lugar al CM 623-76- CM18;
Que el Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca dependiente del Ministerio de Salud
emitió la Orden de Compra N° 432-18911-OC19 a favor de CPT INTEGRAL S.A. (IF-
2019-38978939-DGCYC);
Que el Establecimiento Hospitalario citado anteriormente solicita mediante NO-2019-
37475999-GCABA- HRR la rescisión de la Orden de Compra ya que la empresa les
informó que no va cumplir con la misma dado que ha solicitado la baja del proceso de
compras de la DGCYC;
Que la comunicación recepcionada originó el Expediente Electrónico N° 2019-
38830305-GCABA- DGCYC, por el que tramita la rescisión y respectiva penalidad de
la Orden de Compra N° 432-18911- OC19 emitida a favor de CPT INTEGRAL S.A.;
Que la firma CPT INTEGRAL S.A. realizó ante esta Dirección General diferentes
presentaciones (RE- 2018-27542819-DGCYC, RE-2018-32840543-DGCYC y RE-
2018-32854029-DGCYC), las que dieron lugar al EE-27540866-/DGCYC/2018 por el
cual se solicitó a la Procuración General su intervención como Órgano Legal para que
efectúe el pertinente análisis jurídico de lo solicitado por la empresa;
Que la Procuración General se pronuncia (IF-2019-09483868-GCABA-PGAAFRE)
sosteniendo que "es mi parecer que no corresponde acceder a la solicitud de
modificación de los índices de actualización de precios solicitada por CPT Integral SA
en el marco de la Licitación Pública N° 623-0213-LPU17". Dicho Dictamen fue
notiifcado a la adjudicataria en fecha 01/04/19 mediante Cédula de Notiifcación N°
478-03- 19 (PV-2019-10561915-DGCYC).
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º.- Facultades y
obligaciones del Órgano Contratante- de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N°
6.017),
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5769 - 27/12/2019

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