Disposición N° 1363/DGCYC/19

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 1363/DGCYC/19
Buenos Aires, 19 de diciembre de 2019
VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto Reglamentario
N° 168/GCABA/2019 , el Expediente Electrónico Nº EX-2019-37887044-GCABA-
DGCYC, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico Nº 02208184-MGEYA-DGCYC-18 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0028-LPU18, para la
adquisición de Artículos de Bazar, con destino áreas dependientes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Convenio Marco fue firmado el 08 de junio de 2018 con una vigencia de doce
(12) meses, que originó el Convenio Marco N° 623-44-CM18, siendo prorrogado por el
mismo plazo, a partir del 15 de junio de 2.019, o hasta el perfeccionamiento de un
nuevo contrato, lo que ocurra primero, lo que originó el Convenio Marco N° 623-37-
CM19;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra la firma ARIA COMMERCE S.R.L.;
Que la Junta Comunal 10, dependiente del Ministerio Jefatura de Gabinete, emitió la
Orden de Compra BAC N° 9110- 5837-OC19, perfeccionada el 08/05/19 (IF-2019-
37845562-DGCYC);
Que el Organismo antes señalado informa mediante Nota N° NO-2019-37386177-
GCABA-COMUNA10, que los productos nunca fueron recibidos en la Sede Comunal ni
tampoco retirados del depósito ya que no se pudieron comunicar por teléfono ni via
mail con el proveedor por lo que solicitan la anulación del contrato, por lo que se
generó el Expediente Electrónico N° 37887044-GCABA-DGCYC-19;
Que por lo expuesto precedentemente, se debe rescindir con aplicación de
penalidades la Orden de Compra antes indicada.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9°.- Facultades y
obligaciones del organismo contratante de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley
N° 6017),
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DISPONE
Artículo 1°.- Rescíndese la Orden de Compra N° 9110-5837-OC19, Proceso N° 623-
0028-LPU18, adjudicada a la empresa ARIA COMMERCE S.R.L., CUIT Nº 30-
71500138-8, domiciliada en PUNTA ARENAS 1628, de esta Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, por un importe de PESOS DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y
CUATRO CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 2.784,72), de conformidad con los
Artículos 131º Rescisión por culpa del contratante- Incumplimiento del contrato- y 135º
Rescisión total o parcial- de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017).
Artículo 2º.- Impónese a la firma antes citada una multa de PESOS DOSCIENTOS
SETENTA Y OCHO CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 278,47), equivalente al
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5769 - 27/12/2019

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