Disposición Nº 1354/GCABA/DGIUR/17
Firmantes | Copola |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA |
VISTO:
El Expediente N° 24.723.139/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio Minorista: relojería y joyería", para el inmueble sito en la
Av. Alvear N° 1814 Planta Baja, U.F N° 27, con una superficie a habilitar de 21,75 m2,
y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2 (del APH 50) Distrito APH 30 "Av.
Alvear y su entorno" y APH 50 "Av. Callao" de Zonificación General del Código de
Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007. Se
admitirán los usos del Distrito R2aI;
Que los inmuebles del área no comprendidos en el Listado de Inmuebles Catalogados
Distrito APH30, Av. Alvear y su entorno, se regirán por las normas de uso
correspondientes al Distrito R2aI del Código de Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
25417612-DGIUR-2017, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito
APH 30 ni en el Distrito APH 50;
Que los usos consignados Permitidos en el Distrito R2a del Cuadro de Usos 5.2.1.a)
del C.P.U: "Comercio Minorista: Joyería y Relojería - Compraventa de metales y
piedras preciosas. Se admite como actividad complementaria un taller de reparación
que integre la unidad de uso, sin superar el 20% del total de la superficie total de la
unidad de uso, salvo que estuviera permitido como actividad independiente" permitido
hasta 200m2;
Que se visa Esquema de Publicidad, obrante en la Presentación Ciudadana RE-2017-
24722974-SSREGIC (N° 12 de orden), cumplimentan la normativa de los Distritos
APH30 y APH 50, cumplimenta con la normativa no existe inconvenientes en su
localización;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba