Disposición N° 1342/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición17 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1342/DGIUR/21
Buenos Aires, 11 de agosto de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX- 2020-30615345- -GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
los usos: ”(500202) Elaboración de productos de panadería con venta directa al
público (sin elaboración de pan), (1.4.4) local de venta de productos alimenticios y/o
bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio)", en el inmueble sito
en la calle Llavallol N° 5084, P.B.;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
10029976/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuna la intervención del Consejo de Plan Urbano Ambiental;
Que en relación, obra agregado el Dictamen (IF-2021-20390324- GCABA-CAPUAM)
mediante el cual el Consejo de Plan Urbano concluye que: “...6. Por todo lo expuesto,
y en función de lo previsto en el punto 3.11 y lo indicado por la Gerencia Operativa de
Usos del Suelo perteneciente a la Dirección General de Interpretación Urbanística,
mediante IF-2021-10029976-GCABA-DGIUR, este Consejo del Plan Urbano Ambiental
manifiesta que no tiene objeciones respecto de la localización de los usos:
“Elaboración de productos de panadería con venta directa al público (sin elaboración
de pan); local de venta de productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, Mercado,
Supermercado y Autoservicio)” que se encuadran en los rubros: "500.202 Elaboración
de productos de panadería con venta directa al público; 1.4.4 Local de venta de
productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y
autoservicio)”, en el inmueble sito en la calle Llavallol Nº 5084, Planta Baja, Área de
Baja Mixtura de Usos del Suelo 1, Superficie a habilitar: 46,95 m 2 ...”;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
22433335/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6194 - 17/08/2021

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