Disposición N° 1308/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición23 de Junio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 1308/DGIUR/22
Buenos Aires, 13 de junio de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX- 2021-30402745- -GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta acerca de la posible
ampliación de superficie de uso “5.2.18. Sanatorio,” en el inmueble sito en la calle
Conde N° 817/49/51/81/97 y Palpa N° 3178/82/84/92 y Teodoro García N° 3185;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
07057058/DGIUR/2022 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuna la intervención del Consejo de Plan Urbano Ambiental;
Que en relación, obra agregado el Dictamen (IF-2022-18092848-GCABA-CAPUAM)
mediante el cual el Consejo de Plan Urbano informa que: “(...) 6. Por lo expuesto
precedentemente y lo indicado por la Gerencia Operativa de Usos del Suelo,
perteneciente a la Dirección General de Interpretación Urbanística, mediante IF-2022-
07057058- GCABA-DGIUR, este Consejo del Plan Urbano Ambiental manifiesta que
no tiene objeciones respecto a la ampliación del uso: “Sanatorio”, que se encuadra en
el rubro: “5.2.18 Sanatorio”, en el inmueble sito en la calle Conde N° 817/49/51/81/97,
Palpa N °3178/82/84/92 y Teodoro García N°3185, Área de Media Mixtura de Usos del
Suelo 2, Superficie a habilitar: 1.003,43m2. En cuanto a los requerimientos, los
módulos de estacionamiento, carga y descarga y bicicleta y el ítem 3.14.8.3 del Código
Urbanístico deberán ser determinados por el Organismo Competente. (...)”;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
21495689/DGIUR/2022 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la ampliación del uso solicitado en el
Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa
vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6403 - 23/06/2022

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