Disposición N° 1300/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1300/DGIUR/18
Buenos Aires, 22 de agosto de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 13.077.760/2018 por el que se solicitase consulta sobre la factibilidad
de localizar los usos: "Comercio minorista de carnes, lechones, achuras y embutidos;
Comercio minorista de verduras, frutas, carbón (en bolsa; Comercio minorista de aves
muertas y peladas, chivitos, productos de granja, huevos hasta 60 docenas; Comercio
minorista de productos alimenticios en general envasados; Comercio minorista de
bebidas en general envasadas; Comercio minorista de masas, bombones, sándwiches
(sin elaboración); Maxiquiosco; Comercio minorista de tabaquería, cigarrería;
Comercio minorista de ropa confeccionada, lencería, blanco, mantelería, textiles en
general y pieles; Comercio minorista de artefactos de iluminación y del hogar, bazar,
platería, cristalería; Comercio minorista de artículos de librería, papelería, cartonería,
impresos, filatelia, juguetería, discos y grabaciones, Comercio minorista de artículos de
perfumería y tocador y Comercio minorista de artículos de limpieza (en góndolas
separadas)" para el inmueble sito en la calle Florida Nº 914 - P. Baja y Subsuelo - U.
F. Nº 1, con una superficie a habilitar de 284.25m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión, desde un punto de vista Patrimonial, posee Protección
General, de acuerdo con la base de datos Área de Protección Histórica, con Ley Firme
Nº 3943 y desestimado por Nota CAAP de fecha 12/05/09 (Ley 2548). Se encuentra
localizado en la Zona 2 del Distrito APH 51 - Ámbito Catedral al Norte, según Plano de
Delimitación Nº 5.4.12.51 a), del Código de Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación
Urbanística, a través del IF Nº 18360196-DGIUR-2018, hace saber que en relación
con la normativa vigente; el Distrito APH51 "Catedral al Norte" - Zona 03 se regirá por:
Ítem 5.2.2. "ZONA 3"- Usos: Los usos para los inmuebles del área no comprendidos
en el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH51 Catedral al Norte, serán los
que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos Nº 5.2.1 para el Distrito
C2;
Que, de la lectura del Expediente surge que se han agregado: por RE-2018-13077695-
SSREGIC, "Estatuto Social" de Florida 914 S.A., por PLANO-2018-13077688-
SSREGIC, "Plano de Mensura Particular y División por el Régimen de Propiedad
Horizontal", registrado (M-H-3680-1961), por PLANO - 201813077701-SSREGIC,
"Plano de Permiso de Uso", por RE-2018-13077708-SSREGIC, "Consulta Catastral",
por RE-2018-13077646-SSREGIC, "Constancia de Inscripción en Ingresos Brutos",
por DOCPE-2018-13077660-SSREGIC, "Constancia de Inscripción" CUIT en Afip, por
RE- 2018- 13077669SSREGIC, "Memoria Técnica", por INLEG-2018-13077648-
SSREGIC, "Poder General Amplio de Administración y Disposición";
Que, teniéndose en cuenta los rubros para los que se pide localización, su cantidad y
variedad y la superficie destinada, se concluye que el uso al que se destinará el local
es el de "Autoservicio". Por otro lado, de acuerdo a lo especificado en el punto 3.,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5443 - 27/08/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR