Disposición N° 13/DGESYC/23

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 8 de Marzo de 2023
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.° 13/DGESYC/23
Buenos Aires, 3 de marzo de 2023
VISTO: Las Leyes Nos. 2603 y 2095 (texto consolidado por Ley N° 6588), los Decretos
Nos. 745/08 y 74/21, la Resolución N° 2481-MHGC/18, la Disposición N° 167-GCABA-
DGCyC/21 y el E.E. N° 8.831.882-GCABA-DGESyC/23, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación esta Dirección General tramita la Adquisición de tablets
Ipad;
Que por Resolución N° 2481-MEFGC/18 se aprobaron las Políticas, Términos y
Condiciones de Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones,
denominado Buenos Aires Compras (BAC);
Que por Disposición N° 167-GCABA-DGCyC/21 la Dirección General de Compras y
Contrataciones en su carácter de Órgano Rector del Sistema de Compras y
Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó el Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales;
Que por Disposición N° 59-DGCyC/12 se ratificó como Unidad Operativa de
Adquisiciones a esta Dirección General de Estadística y Censos y por Resolución N°
38-AGIP/18 se designó a los integrantes;
Que obra la Solicitud de Gasto N° 8612-1276-SG23, en la cual se imputan los fondos
para hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al ejercicio 2023, aceptándose
el presupuesto en moneda extranjera, según surge del IF-2023-8835800-GCABA-
DGESYC;
Que el presente procedimiento se encuadra bajo una Licitación Pública al amparo de
lo establecido por el Artículo 32 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N°
6588);
Que se ha procedido a confeccionar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
(PLIEG-2023-08992593-GCABA-DGESYC) y el de Especificaciones Técnicas (PLIEG-
2023-08992785-GCABA-DGESYC), conteniendo las condiciones y requisitos que
regirán en dicha licitación;
Que según lo establece el Decreto N° 745/08 reglamentario del artículo 14 de la Ley
2.603 (Texto Consolidado por la Ley N° 6588), esta Administración Gubernamental
está excluida de las disposiciones del Decreto N° 1.023/MCBA/93 (B.M. N° 19.600),
así como de cualquier otra normativa vigente o que se dicte en la que se restrinja de
alguna manera la autarquía administrativa y financiera de la Administración en este
aspecto, a excepción de aquellas que la citen expresamente, por lo que será la
Dirección solicitante quien brinde su asesoramiento técnico respecto de las propuestas
recibidas.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley N° 2095
(texto consolidado por la Ley N° 6588) y por el Anexo II del Decreto N° 74/21,
EL DIRECTOR GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6576 - 08/03/2023

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