Disposición N° 1290/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 6 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 1290/DGIUR/21
Buenos Aires, 3 de agosto de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099 y su modificatoria, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63- SSREGIC-20 y el EX-2021-17764451- -GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
los usos “1.4.4.Local de venta de productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria,
mercado, supermercado y autoservicio), ( Alimentos Envasados); “1.8 Comercio
Minorista excluido comestibles como uso principal” (Comercio minorista de Ropa de
confección, Lencería, Blanco, mantel, Textiles en general y pieles, Textiles para
tapicería Comercio minorista de artículos de Mercería, Botonería , Bonetería,
Fantasías, Artículos personales y para regalos - Comercio Minorista de artículos de
perfumería y tocador, Artículos de limpieza - Comercio Minorista de Calzados en
general, Artículos de cuero, talabartería y marroquinería”; 1.8.8 “Local de venta de
semillas, Plantas, Artículos y Herramientas para Jardinería”; 1.8.11 “Local de venta de
artículos publicitarios”, en el inmueble sito en la calle Solis Nº 217, PB y Entrepiso
(U.F.2) (Sección 012, Manzana 006, Parcela 001 A);
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
21173335/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso solicitado en el
Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa
vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la
presente;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en el Área de Alta Mixtura de Usos del Suelo (4) , y
el mismo se encuentra catalogado con nivel de protección cautelar de acuerdo a lo
establecido en el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6188 - 06/08/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR