Disposición N° 128/DGDIYDP/18

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición29 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 128/DGDIYDP/18
Buenos Aires, 15 de mayo de 2018
VISTO:
La Ordenanza Nº 40.997 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y sus reglamentarias, la
Resolución N° 214/MSGC/2015 y el Expediente Electrónico N° 13737418/MGEYA-
DGDIYDP/18, y
CONSIDERANDO:
Que las Residencias del Equipo de Salud, aprobadas por la Ordenanza Nº 40.997
(texto consolidado por Ley N° 5.666) y sus reglamentarias, constituyen un sistema
remunerado de capacitación de posgrado a tiempo completo, con actividad asistencial
programada y supervisada, tendiente a incorporar a todos los profesionales del área
de la salud, con el objetivo de formar, en el ámbito intra y extrahospitalario, un recurso
humano capacitado en beneficio de la comunidad;
Que, a través del artículo 5° de la Resolución N° 214/MSGC/2015, se crearon las
Residencias Médicas Articuladas de Neonatología y de Terapia Intensiva Infantil, las
cuales comenzaron su actividad en el ciclo lectivo iniciado el 1° de Junio de 2015;
Que la Residencia Médica Articulada de Neonatología comienza con tres (3) años de
formación en Pediatría, seguido de dos (2) años de Neonatología, mientras que la
Residencia Médica Articulada de Terapia Intensiva Infantil comienza con tres (3) años
de formación en Pediatría, seguido de dos (2) años de Terapia Intensiva Infantil;
Que ambas Residencias Médicas Articuladas fueron creadas siguiendo los preceptos
establecidos en los respectivos Marcos de Referencia del Ministerio de Salud de
Presidencia de la Nación, cuyos requisitos deben cumplirse para poder solicitar la
certificación de las especialidades;
Que el Marco de Referencia de la especialidad Neonatología señala que "la
Residencia de Neonatología es una residencia postbásica con una duración prevista
no menor a 2 (dos) años a la que se accede acreditando 3 años de residencia en
pediatría. Podrá ofrecerse también con la modalidad de residencia articulada en la que
se contemple en los primeros 3 años los contenidos aprobados en el Marco de
Referencia para la Formación de Residencias de la especialidad Pediatría, y en los 2
últimos años contenidos y prácticas del presente Marco de la especialidad de
neonatología. La especialidad de articulación se elige al momento de la inscripción al
sistema";
Que, en el mismo sentido, el Marco de Referencia de la especialidad Terapia Intensiva
Infantil indica que "la Residencia de Terapia Intensiva Infantil es una residencia
postbásica con una duración prevista no menor a 2 (dos) años a la que se accede
acreditando como mínimo 3 años de residencia en pediatría.
Podrá ofrecerse también con la modalidad de residencia articulada en la que se
contemple en los primeros 3 años los contenidos aprobados en el Marco de
Referencia para la Formación de Residencias de la especialidad Pediatría, y en los 2
últimos años contenidos y prácticas del presente Marco de la especialidad de Terapia
Intensiva Infantil. La especialidad de articulación se elige al momento de la inscripción
al sistema";
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5382 - 29/05/2018

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