Disposición Nº 1279/GCABA/DGET /14

FirmantesNardi
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Evaluación Técnica - Apra
Fecha de la disposición14 de Octubre de 2014

VISTO:

Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117-

DGTALAPRA, el Expediente N° 2.308.187/12, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del

proyecto: "Rubro habilitado por Expediente N° 78.664/65: Fábrica de caños de plomo y

artículos sanitarios, sus repuestos y accesorios, depósito, venta por mayor y menor de

los mismos y oficinas administrativas; Rubro según normativa vigente: Industria:

Fabricación de productos metálicos n.c.p. (502.168)", a desarrollarse en la Avenida

Francisco Fernández de la Cruz N° 3.057, Planta Baja y Entrepiso, de esta Ciudad,

con una superficie de 767 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección:

52, Manzana: 043, Parcela: 020A, Distrito de Zonificación: C3;

Que en el Informe N° IF-2014-3.655.733-DGET, de fecha 20 de Marzo de 2.014, la

Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera

a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;

Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta

menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;

Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria

especial para su verificación;

Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de mediciones sonoras de

conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N° 740/07;

Que por Informe N° IF-2014-2.333.935-DGET, de fecha 10 de Febrero de 2.014, el

Departamento de Contaminación Acústica de esta Dirección General, manifiesta que

la actividad "Fabricación de productos metálicos n.c.p." se encuentra catalogada en el

Anexo IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N ° 1.540 y le corresponde la Artículos 1 a 7

inscripción del titular de la misma en el Registro de actividades catalogadas (RAC),

estableciéndose condiciones específicas de funcionamiento;

Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular

de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se

establecen;

Que la...

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