Disposición N° 1279/DGDCIV/19
Emisor | Jefatura de Gabinete de Ministros |
Fecha de la disposición | 9 de Abril de 2019 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 1279/DGDCIV/19
Buenos Aires, 5 de abril de 2019
VISTO:
La Ley Nº 5920, el Decreto Reglamentario N° 51/18, la Disposición Nº
1358/DGDCIV/18, la Disposición N° 122/DGDCIV/19, el Expediente Nº 10537566-
GCABA-DGDCIV y
CONSIDERANDO:
Que, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó el 7 de
diciembre de 2017 la Ley 5920 creando el Sistema de Autoprotección de aplicación
obligatoria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en su artículo 5° establece crear en el ámbito de la Autoridad de Aplicación el
"Registro de Profesionales para la elaboración y puesta a prueba de los Sistemas de
Autoprotección", en el que se inscribirán los sujetos que elaboren y presenten ante la
Autoridad de Aplicación, dichos sistemas. La Autoridad de Aplicación establecerá por
vía reglamentaria las personas humanas o jurídicas que podrán inscribirse en el
Registro, como así también los requisitos que deberán cumplir para obtener dicha
inscripción;
Que, mediante el Decreto Reglamentario 51/18 (BOCBA) se designó autoridad de
aplicación a la Dirección General de Defensa Civil;
Que, mediante la Disposición 2019-122-DGDCIV, Anexo I, se han establecido los
requisitos para el ingreso de las personas jurídicas públicas y privadas al “Registro de
Profesionales para la elaboración y puesta a prueba de los Sistemas de
Autoprotección“;
Que, visto el dictamen legal obrante en la orden 12 se ha dado cumplimiento con la
totalidad de los requisitos legales exigidos por el plexo normativo vigente, el cual se ha
tenido en cuenta al merituar las actuaciones.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA CIVIL
DISPONE
Artículo 1°: Apruébase la inscripción al “Registro de Profesionales para la elaboración
y puesta a prueba de los Sistemas de Autoprotección“ a la empresa PREVINGEA
S.R.L.
Artículo 2°: Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido archívese. Garnica
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5594 - 09/04/2019
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