Disposición N° 1274/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición21 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1274/DGIUR/18
Buenos Aires, 14 de agosto de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 18.743.682/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Café - bar; casa de lunch; despacho de bebidas, whiskería,
cervecería", para el inmueble sito en la calle San Martín Nº 989 Planta Baja y
Subsuelo - U.F Nº 1, con una superficie a habilitar de 58,50 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 3 del Distrito APH 51 "Catedral al
norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,
Modificado para dicho distrito por Ley 3943 (BOCBA Nº 3831);
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
22185611-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos consignados permitidos en el Distrito C2 en el Cuadro de Usos 5.2.1.a)
del C.P.U: "Servicios Terciarios: Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos, heladería,
etc (602020/21/30/70), con referencia 26 de estacionamiento (Salón de 150m² o más:
20%, como mínimo, de la superficie total construida); Alimentación en general,
restaurant, cantina, pizzería, grill (602000/10/40/50/60), con referencia de
estacionamiento 26 y 38 de estacionamiento (10% de la superficie del local será
estacionamiento destinada para guarda, con un mínimo de 12,5m²)";
Que no se visa Publicidad, toda vez que en la Presentación Ciudadana (obrante a Nº
10) se declara: "se renuncia a publicidad en fachada". Por tal motivo, no podrá contar
con cartel publicitario sin previo visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Café - bar; casa de lunch; despacho de bebidas, whiskería, cervecería", para
el inmueble sito en la calle San Martín Nº 989 Planta Baja y Subsuelo - U.F Nº 1, con
una superficie a habilitar de 58,50 m², (Cincuenta y ocho metros cuadrados con
cincuenta decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que
resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado
publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,
modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta
Dirección General.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5439 - 21/08/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR