Disposición N° 127/SAISSP/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 127/SAISSP/18
Buenos Aires, 6 de agosto de 2018
VISTO:
La Ley Nº 5688, la Resolución N° 25/ISSP/17, la Nota N° 21193220/SAISSP/18 y el
Expediente Electrónico N° 21196885/MGEYA/SGISSP/18, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la mencionada ley erige al Instituto Superior de Seguridad Pública como una
instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública
y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema, entre los que se destaca a los aspirantes a Oficial de
la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el ingreso a la Policía de la Ciudad se produce previa aprobación de los
programas y requisitos de formación y capacitación que establezca el Instituto
Superior de Seguridad Pública (128 inc. 7 Ley 5688);
Que los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad deben cursar y aprobar el curso
de formación inicial que dicta el Instituto Superior de Seguridad Pública, que es quien
determina entre otras cuestiones, el contenido del diseño curricular, el régimen de
asistencia y de evaluación, el régimen de prácticas profesionalizantes, las actividades
extracurriculares y de extensión y demás aspectos que hacen a la formación de los
futuros Oficiales (Arts. 151, 151 y 380 Ley 5688);
Que desde otra perspectiva, en el Libro IV referido al Instituto Superior de Seguridad
Pública, la ley 5688 prescribe que para egresar como Oficial de la Policía de la Ciudad,
el cadete debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para Aspirante a
Oficial de la Policía de la Ciudad, incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas,
seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para contribuir a la formación
integral técnico humanística del futuro oficial (Art. 379 Ley 5688);
Que por la Resolución N° 25/ISSP/18 se aprobó el "Curso de Formación Inicial para
Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires";
Que la formación y la capacitación se basa fundamentalmente en la labor policial, en el
adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y actualización permanente y está
asentada en la producción de capacidades y competencias específicas derivadas de
las tareas básicas propias de los perfiles y especialidades policiales (Art. 370 Ley
5688);
Que la formación inicial de los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad se articula
en función de diferentes núcleos, uno de ello es el legal- institucional, dirigido a
introducirlos en los contenidos teórico prácticos relacionados con la normativa vigente
en materia de seguridad pública, profundizando sobre las implicancias del
ordenamiento jurídico en la labor policial, en articular los contenidos inherentes a la
administración pública, el sistema institucional administrativo, judicial y legislativo, el
derecho público y administrativo, el derecho penal y procesal penal, el régimen
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5432 - 09/08/2018

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