Disposición N° 125/DGTALINF/19

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición21 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 125/DGTALINF/19
Buenos Aires, 15 de mayo de 2019
VISTO: La Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017), y su Decreto
Reglamentario N° 326/GCABA/17, la Disposición N° 413/DGTALINF/15, la Disposición
N° 363/DGTALINF/2016, el Expediente Electrónico Nº 08632837-MGEYA-ASINF-
2015, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico indicado en el visto tramitó Contratación Directa por
Exclusividad Nº 8056-1066-CDI15, para la "Adquisición de vínculos a internet
asimétricos, con Soporte Técnico y Mantenimiento por un período de 12 meses", la
cual fue adjudicada por Disposición N° 413/DGTALINF/2015 a la empresa PRIMERA
RED INTERACTIVA DE MEDIOS ARGENTINOS (PRIMA) S.A. por un monto de
PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES
CON 22/100 ($ 332.363,22.-);
Que mediante Disposición N° 363/DGTALINF/2016, se amplío el Renglón Nº 2 de la
Orden de Compra Nº 8056-4863-OC15 por un importe de PESOS CIENTO SESENTA
Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y UNO con 40/100 ($166.181,40.-);
Que en primer lugar, corresponde señalar que la empresa CABLEVISIÓN S.A.
absorbió a la empresa PRIMERA RED INTERACTIVA DE MEDIOS ARGENTINOS
(PRIMA) S.A. conforme surge registrado en SADE como Informe Gráfico N° IF-2018-
31784836-ASINF (Orden N° 163);
Que en este sentido bajo Ordenes Nros 156, 157 y 158, luce la presentación realizada
por la empresa TELECOM ARGENTINA S.A., (CUIT N° 30-63945373-8), mediante el
cual informó de la fusión por absorción con la empresa CABLEVISIÓN S.A, (CUIT N°
30-57365208-4), solicitando que los pagos pendientes de cobro se le efectúen en su
calidad de sociedad absorbente;
Que en este sentido, la empresa TELECOM ARGENTINA S.A. (absorbente) bajo
Orden N° 164 presento copia certificada de las Escrituras de la fusión por absorción
con la empresa absorbida CABLEVISIÓN S.A.;
Que asimismo, en su presentación presentó copia certificada de la constancia de la
Inspección General de Justicia según la cual por escrituras Nros 2142-2405 y 06
según balance fusión, se ha inscripto con fecha 30 de agosto de 2018, en el Registro
bajo el número 16345 del libro 91 de Sociedades por Acciones (Orden N° 164);
Que a través del Informe N° 27515891-DGCYC-2018 (Orden N° 161), la Directora
General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas ha
tomado la debida intervención;
Que conforme surge obrante bajo Orden N° 165, la empresa TELECOM ARGENTINA
S.A. se encuentra debidamente Registrada en el Registro Informatizado Único y
Permanente de Proveedores;
Que en virtud de ello, lo solicitado se encuadra dentro de las previsiones del Artículo
121 de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017), el cual establece que:
"Transferencia y cesión del contrato El contrato sólo puede ser transferido y/o cedido
por el adjudicatario con la previa autorización fundada de la autoridad competente. En
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5621 - 21/05/2019

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