Disposición N° 1237/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición22 de Junio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 1237/DGIUR/22
Buenos Aires, 3 de junio de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2022-05468593-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
os usos: “1.5 Alimentación en general y gastronomía”;“ 1.8 - Comercio minorista
excluido comestibles como uso principal.” y “ 1.8.10 Local de venta de artículos para el
hogar y afines ” en el inmueble sito en la Av. Corrientes N° 2558 P.S. P.B. y P.E.
U.F. N° 2;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
19932936/DGIUR/2022 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso solicitado en el
Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa
vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la
presente;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en el Área de Alta Mixtura de Usos del Suelo (4) y
catalogado con nivel de Protección Estructural - de acuerdo a lo establecido en el
Código Urbanístico;
Que por ello, en virtud de la documentación presentada, lo solicitado por el
peticionante y del análisis realizado por la mencionada Gerencia Operativa de Usos
del Suelo se considera oportuno acceder a la localización de los usos: “1.5
Alimentación en general y gastronomía” , “1.8 - Comercio minorista excluido
comestibles como uso principal.” Y “1.8.10 Local de venta de artículos para el hogar y
afines”, toda vez los usos solicitados no originan impactos relevantes en el inmueble
protegido ni en el Área de implantación;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6402 - 22/06/2022

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