Disposición N° 1233/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición16 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1233/DGIUR/18
Buenos Aires, 9 de agosto de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 20.022.321/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Servicios Personales directos en general (Tatuajes y
perforaciones)" para el inmueble sito en la calle Florida Nº 670 Planta Baja y Sótano -
Local Nº 8, "Galería de La Flor", con una superficie a habilitar de 38,16m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble emplazado en el Distrito APH 51 "Catedral al norte", zona
2 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto
Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
21677332-DGIUR-2017, hace saber que los usos para los inmuebles del área no
comprendidos en el "Listado de Inmuebles Catalogados" en dicho Distrito APH serán
los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos Nº 5.2.1 para el
Distrito C1 del Código de Planeamiento Urbano;
Que los USOS PERMITIDOS resultan: "Servicios Terciarios: Personales directos en
general (peluquería, salón de belleza, etc.) (604110/20/25/604310)";
Que desde el punto de vista del patrimonio urbano se considera que los usos
solicitados no originan impactos relevantes en el Distrito APH 51 "Catedral al norte";
Que se visan los usos solicitados, dejando constancia que el visado no implica la
habilitación de los mismos;
Que no se visa Publicidad, toda vez que el local se encuentra dentro de la Galería
Comercial;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
de los usos: "Servicios Personales directos en general (Tatuajes y perforaciones)" para
el inmueble sito en la calle Florida Nº 670 Planta Baja y Sótano - Local Nº 8, "Galería
de La Flor", con una superficie a habilitar de 38,16m² (Treinta y ocho metros
cuadrados con dieciséis decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la
normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Comuníquese al interesado, que sin perjuicio de no haber solicitado
publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,
modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta
Dirección General.
Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5437 - 16/08/2018

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