Disposición N° 123-DGSPR/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición23 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 123/DGSPR/18
Buenos Aires, 11 de abril de 2018
VISTO:
Las Leyes N° 5688 (B.O. N° 5030), y N° 59 14 (B.O. 5282), las Disposiciones N° 218-
DGSSP/2004, N° 339- DGSSP/2005, N° 353-DGSSP/2005, N° 389-DGSPR/2007 , N°
302-DGSPR/2009, N° 268-DGSPR/2011, N° 380- DGSPR/2013, N° 12-DGSPR/2016 y
la Carpeta E703566;
CONSIDERANDO:
Que la empresa PRECON S.R.L. con domicilio real en la calle Constancio C. Vigil N°
2268, P.B., Burzaco, Provincia de Buenos Aires y constituido en la calle Suipacha N°
472, Piso 2°, Dpto.“215“, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada
oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en la Jurisdicción de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N° 218-DGSSP/2004;
Que encontrándose vencido el plazo de su habilitación en fecha 11/01/2018, la
interesada solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en
su Artículo 439°, sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b) y
c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente conforme lo
establecen los Arts. 450, punto 3, y 461, punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 17 y concordantes de la mencionada Ley al Señor Enrique
Pacheco, D.N.I. N° 22.720.945;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688, para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de
servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para
otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
artículo 184, Punto 18, de la Ley 5914, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos (2) años contados a partir del día de
la fecha;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
Artículo 1º.- Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de dos años, la
habilitación concedida a la empresa PRECON S.R.L., para prestar servicios de
seguridad privada en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su Artículo
439, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incisos a) Los de
vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público, b) Los de custodia y portería
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5359 - 23/04/2018

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