Disposición N° 1229/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición16 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1229/DGIUR/18
Buenos Aires, 9 de agosto de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 21.450.644/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio Minorista: aves muertas y peladas, productos de granja
hasta 60 docenas" para el inmueble sito en la calle Estados Unidos Nº 654, Planta
Baja - U.F Nº 2, con una superficie a habilitar de 59,02 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 3d del Distrito APH 1 "Zona de
Amortiguación" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,
Texto Ordenado Decreto Nº 1.181- GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
21517778-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos consignados permitidos en la zona "d" del Cuadro de Usos 5.4.12.1 del
Código de Planeamiento Urbano: "Comercio Minorista: Productos alimenticios y/o
bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio) - (se opere o no por
sistema de venta - autoservicio) - Tabaco, productos de tabaquería y cigarrería";
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Comercio Minorista: aves muertas y peladas, productos de granja hasta 60
docenas" para el inmueble sito en la calle Estados Unidos Nº 654, Planta Baja - U.F Nº
2, con una superficie a habilitar de 59,02 m², (Cincuenta y nueve metros cuadrados
con dos decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que
resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado
publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,
modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta
Dirección General.
Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de
pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5437 - 16/08/2018

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