Disposición Nº 1217/GCABA/DGIUR/16

FirmantesBugarín
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición26 de Agosto de 2016

VISTO:

El Expediente 19.106.512/2016, Expediente N° 11.495.112/2016 y la Disposición N°

674-DGIUR-2016,

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 10e del Distrito APH 1 de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°

1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra Protegido con Nivel de Protección Cautelar;

Que por Disposición N° 674 -DGIUR-2016 del 18 de mayo de 2016, se autoriza la

localización del uso: "Salón de belleza (dos gabinetes)", en el inmueble sito en la Av.

De Mayo N° 619 subsuelo, correspondiente a la zona 10e del Distrito de Zonificación

APH 1 "Avenida de Mayo", con una superficie de 121,14 m2;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

19472032-DGIUR-2016, hace saber que el recurrente solicita la corrección y

rectificación de la Disposición referida, dado que por error involuntario se consignó el

uso "Salón de belleza (dos gabinetes)", obviando decir que el mismo se trata de

"Peluquería y barbería" siendo la misma superficie, cabe señalar que el uso en

cuestión está dentro de los Consignados Permitidos del Cuadro de usos 5.4.12.1 del

Código de Planeamiento Urbano, y los mismos son Permitidos;

Que, teniendo en cuenta que no ha habido variaciones respecto de los usos, que no

hay aumento de superficie, y no hay pedido de publicidad, ni tampoco en la normativa

vigente, se accede a lo solicitado por el recurrente, considerando que el plazo previsto

correrá a partir de la fecha del presente dictamen.

Que, por lo expuesto se rectifica lo oportunamente visado siendo los usos solicitados

"Peluquería y barbería", en el inmueble sito en la Av. De Mayo N° 619 subsuelo con

una superficie de 121,14 m2;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Dejese sin efecto la Disposición N° 1179-DGIUR-2016 con fecha 22 de

agosto del 2016.

Artículo 2° Rectifícase el Artículo 1° de la...

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