Disposición Nº 121/GCABA/DGTALPG/17

FirmantesRodríguez
EmisorDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - PG

VISTO:

la ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5666), los Decretos N° 42/GCABA/2002, N°

433/GCABA/2016 y N° 400/GCABA/2017, las Resoluciones N° 832/PG/2003, N°

180/PG/2006 y N° 2944/MHGC/2016, y el EE N° 25153172/PG/2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6 del Decreto N° 42/GCABA/2002 establece que la Administración

podrá reintegrar aquellos gastos útiles realizados por los mandatarios para identificar

al demandado o su domicilio, realizar intimaciones en extraña jurisdicción y ejecutar

sentencias;

Que el Decreto N° 433/GCABA/2016 establece los niveles de decisión y cuadro de

competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución

presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad

de Buenos Aires, de acuerdo al artículo 4 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley

N° 5.666);

Que el referido Decreto faculta a funcionarios para autorizar pagos, aprobar

liquidaciones de haberes y transferencias de fondos, reintegros de gastos,

devoluciones de impuestos, derechos, tasas y multas y aprobación de gastos

descentralizados operativamente;

Que, a su vez, mediante Resolución N° 2944/MHGC/2016 se aprueba la

reglamentación aplicable a los trámites de reintegro de gastos encuadrados en el

Punto 2 del Anexo I del Decreto precitado;

Que, conforme la mentada Resolución, el trámite de reintegro de gastos exige, en

forma previa a su autorización, el dictado de un "acto administrativo de aprobación del

gasto emitido por el máximo responsable de la repartición solicitante";

Que por Resolución N° 832/PG/2003, modificada por su similar N° 180/PG/2006, se

reglamenta el pago del reintegro de gastos que prevé el Decreto N° 42/GCABA/2002;

Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1° y 2 de dicha norma, mediante RE-

2017-25156580-PG recaído en el EE N° 25153172/PG/2017, el Dr. Juan Carlos

Bagnat (DNI N° 08.464.770, CUIT N° 20-08464770-6), mandatario fiscal del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha presentado solicitud de reintegro de

gastos correspondientes a la erogaciones efectuadas en el período comprendido entre

agosto y octubre del corriente año, encontrándose agregados los respectivos

comprobantes en las actuaciones de referencia mediante IF-2017-25157321-PG;

Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto N° 42/GCABA/2002, la

Dirección General de Asuntos Tributarios y Recursos Fiscales mediante PV-2017-

25328104-DGATYRF ha...

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