Disposición Nº 121/GCABA/DGTALPG/17
Firmantes | Rodríguez |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - PG |
VISTO:
la ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5666), los Decretos N° 42/GCABA/2002, N°
433/GCABA/2016 y N° 400/GCABA/2017, las Resoluciones N° 832/PG/2003, N°
180/PG/2006 y N° 2944/MHGC/2016, y el EE N° 25153172/PG/2017, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6 del Decreto N° 42/GCABA/2002 establece que la Administración
podrá reintegrar aquellos gastos útiles realizados por los mandatarios para identificar
al demandado o su domicilio, realizar intimaciones en extraña jurisdicción y ejecutar
sentencias;
Que el Decreto N° 433/GCABA/2016 establece los niveles de decisión y cuadro de
competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución
presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad
de Buenos Aires, de acuerdo al artículo 4 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley
N° 5.666);
Que el referido Decreto faculta a funcionarios para autorizar pagos, aprobar
liquidaciones de haberes y transferencias de fondos, reintegros de gastos,
devoluciones de impuestos, derechos, tasas y multas y aprobación de gastos
descentralizados operativamente;
Que, a su vez, mediante Resolución N° 2944/MHGC/2016 se aprueba la
reglamentación aplicable a los trámites de reintegro de gastos encuadrados en el
Punto 2 del Anexo I del Decreto precitado;
Que, conforme la mentada Resolución, el trámite de reintegro de gastos exige, en
forma previa a su autorización, el dictado de un "acto administrativo de aprobación del
gasto emitido por el máximo responsable de la repartición solicitante";
Que por Resolución N° 832/PG/2003, modificada por su similar N° 180/PG/2006, se
reglamenta el pago del reintegro de gastos que prevé el Decreto N° 42/GCABA/2002;
Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1° y 2 de dicha norma, mediante RE-
2017-25156580-PG recaído en el EE N° 25153172/PG/2017, el Dr. Juan Carlos
Bagnat (DNI N° 08.464.770, CUIT N° 20-08464770-6), mandatario fiscal del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha presentado solicitud de reintegro de
gastos correspondientes a la erogaciones efectuadas en el período comprendido entre
agosto y octubre del corriente año, encontrándose agregados los respectivos
comprobantes en las actuaciones de referencia mediante IF-2017-25157321-PG;
Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto N° 42/GCABA/2002, la
Dirección General de Asuntos Tributarios y Recursos Fiscales mediante PV-2017-
25328104-DGATYRF ha...
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