Disposición N° 12/DGSPCB/22

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición17 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 12/DGSPCB/22
Buenos Aires, 12 de enero de 2022
VISTO: Las Leyes N° 5688/16 (B.O. N° 5030), y N° 6383 (B.O. 6024), los Decretos N°
446/06 y N° 394/14, las Disposiciones N° 164-DGSPR/2004, N° 349-DGSSP/2005, N°
370-DGDP/2006, N° 400- DGSP/2007, N° 331-DGSPR/2009, N° 338/DGSPR/2011, N°
398-DGSPR/2013, N° 17-DGSPR/2016 y N ° 415-DGSPR/2017 53-DGSPCB/2020 y la
Carpeta E929970
CONSIDERANDO:
Que la empresa GRUPO COPINCO SA con domicilio real en la calle Maipu N° 1343,
piso 8°, Dpto “B”, Vicente Lopez, Provincia de Buenos Aires y constituido en la Calle
Pedro Conde N° 2024, piso 2°, Dpto. “D”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha
sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en
Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N° 164-
DGSPR/2004;
Que encontrándose próximo a vencer el plazo de su última habilitación en fecha
27/01/2022, la interesada solicitó su renovación en las categorías establecidas por la
Ley Nº 5688 en su Artículo 439°, con autorización al uso de armas de fuego Punto 1,
Incisos a), y, b), y sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Inciso a);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente conforme lo
establecen los Arts. 450, punto 3, y 461, punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos de los Arts. 458, y concordantes de la mencionada Ley, al señor Muñoz
Ibar Maximiliano con D.N.I. Nº 27.938.309 ;
Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo N° 219.177, el cual posee
vigencia hasta el día 01/11/2024 y que fuera expedido en Legajo N° 9761653, de la
Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC);
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688, para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de
servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para
otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 176, Inciso 18, Ley 6383, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos (2) años contados a partir del día
28/01/2022.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
DISPONE
Artículo 1º.- Renuévese a partir del día 28/01/2022, y por el término de dos años, la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6298 - 17/01/2022

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