Disposición N° 12-AGIP/18

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición19 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 12/AGIP/18
Buenos Aires, 12 de enero de 2018
VISTO:
La Ley N°471 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su reglamentación, la Resolución
N° 366/AGIP/16, el Expediente Electrónico N° 30.362.465/DGR/2017, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente precitado tramita la solicitud de la extensión de la licencia por
maternidad, sin goce de haberes, establecida en el Artículo N° 23 de la Ley N° 471 (
texto consolidado por Ley N° 5.666), formulada por la agente Alejandra Daniela
Calzone, CUIL N° 27-29246711-2, FC N° 800.613, quien revista en el Departamento J
de la Dirección Fiscalización 4 dependiente de la Subdirección General de
Fiscalización de la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental
de Ingresos Públicos, a partir del 09-01-2018 hasta el 21-02-2018, ambos inclusive;
Que el beneficio peticionado se encuentra previsto en el Art. N° 23 último párrafo de la
Ley N° 471(texto consolidado por Ley N° 5.666) ;
Que por Resolución N° 366/AGIP/16 el suscripto se encuentra facultado a dictar y
suscribir los Actos Administrativos inherentes a las licencias previstas en la Ley N°
471(texto consolidado por Ley N° 5.666);
Que analizada la solicitud se estima procedente dictar el acto administrativo dando
lugar a lo peticionado.
Por ello, y en uso de sus facultades,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL
TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA Y DE GESTIÓN OPERATIVA DE LA
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE
Articulo 1°.- Otórgase la extensión de la licencia por maternidad sin goce de haberes,
requerida por la agente Alejandra Daniela Calzone, CUIL N° 27-29246711-2, FC N°
800.613, quien revista en el Departamento J de la Dirección Fiscalización 4
dependiente de la Subdirección General de Fiscalización de la Dirección General de
Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, a partir del
09/01/2018 hasta el 21/02/2018, ambos inclusive.
Artículo 2°.- Regístrese, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la
Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda
y al Departamento Recursos Humanos de la Dirección Gestión Operativa y de
Personal de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, debiendo este
último practicar fehaciente notificación de la presente a la agente precitada.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cumplido, archívese. Fernández
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5298 - 19/01/2018

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