Disposición N° 1196/DGCYC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición25 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 1196/DGCYC/19
Buenos Aires, 12 de noviembre de 2019
VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley N° 6017) y el Expediente
Electrónico Nº 34416078- MGEYA-DGCYC-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico N°2298808-MGEYA-DGCYC-2018 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0032-LPU18, para la
"adquisición de Electrodomésticos" con destino a las dependencias del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra la firma DATANDHOME SUPPLIER SA.;
Que el convenio marco rige a partir del 28 de julio de 2018 con una vigencia de doce
(12) meses. Posteriormente mediante Resolución N° 3000/MEFGC/19 de fecha 25 de
julio de 2019 se aprobó una prorroga por el mismo plazo del contrato original a partir
del 28 de julio de 2019, generándose en consecuencia el Convenio Marco N° 623-54-
CM19, según surge de la Providencia PV-2019-24772797-DGCYC;
Que la Direccion General de Contaduría dependiente del Ministerio de Economía y
Finanzas emitió la Orden de Compra N° 613-16869-OC19 a favor de la firma antes
citada para la "adquisición de Electrodomésticos", la que fue perfeccionada con fecha
25/10/19 (IF-2019-34838613-DGCYC);
Que la Dependencia citada precedentemente solicitó mediante Nota N° 32771004-
GCABA-DGCG-2019 del día 22/10/2019, que se lleve a cabo la escisión de la Orden
de Compra N° 613-16869-OC19. El motivo de la solicitud obedece a que la afirma
alude que no podrá proceder a la entrega del producto adquirido por no contar con
stock disponible;
Que la comunicación recepcionada originó el Expediente Electrónico Nº 34416078-
MGEYA-DGCYC-2019, por el que tramita el procedimiento de rescisión con aplicación
de penalidades.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9° -Facultades y
obligaciones del órgano contratante- de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N°
6017),
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DISPONE
Artículo 1º.- Rescíndase la Orden de Compra N° 613-16869-OC19 - Proceso de
Compra 623-0032-LPU18- adjudicada a la empresa DATANDHOME SUPPLIER SA. -
CUIT Nº 30-70806550-8 domiciliada en la calle TRONADOR 4890- P.N°9-DEPTO
NORTE de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - por un monto de PESOS TRES MIL
TRESCIENTOS CINCUENTA CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 3.350,97), al
amparo de los Articulas 131°-Rescision por culpa del contratante-Incumplimiento del
Contrato- y 135° - Rescisión total o parcial - de la Ley N° 2095 (texto consolidado por
Ley N°6017).
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5748 - 25/11/2019

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