Disposición N° 1180/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición22 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 1180/DGIUR/21
Buenos Aires, 19 de julio de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX- 2021-03698026- -GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente mencionado en el Visto se solicita la factibilidad de obras para el
inmueble denominado “Embajada y Residencia del Perú en Argentina” sito en la Av. del
Libertador N° 1728/1732 (Sección 015, Manzana 097, Parcela 011B) y Av. del
Libertador N° 1720 (Sección 015, Manzana 097, Parcela 011A);
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el inmueble sito en Av. del Libertador N° 1728/1732 se encuentra catalogado con
Nivel de Protección “Estructural” y el inmueble sito en Av. del Libertador N° 1720 se
encuentra catalogado con Nivel de Protección “Cautelar”;
Que están sujetos a las normas descriptas en los artículos 9.1.3.2.2 (Protección
Especial Edilicia), 9.1.3.2.2.1. (Criterios generales de intervención en edificios
catalogados) y 9.1.3.2.2.2 (Grados de Intervención) del Cuerpo Principal del CUr;
Que de acuerdo a lo expresado en la documentación adjunta en RE-2021-18266103-
GCABA-SSGU y en RE-2021-10991071-GCABA-SSREGIC, se describen las tareas
propuestas;
Que por IF-2021-20527507-GCABA-DGIUR la Gerencia Operativa Patrimonio
Arquitectónico y Urbano ha analizado el caso de acuerdo a lo precitado y estima que,
correspondería dictar el acto administrativo que considere factible, desde el punto de
vista urbanístico, las obras a realizarse en el inmueble de referencia toda vez que las
mismas se encuadran en la normativa de aplicación;
Que toda reforma, modificación del inmueble, tratamiento de la fachada, colocación de
cartelería y/o usos deberá ser consultada a esta Dirección General;
Que por la Resolución Nº 63-SSREGIC-20 se otorgó una prórroga de 180 días
contados a partir del día hábil siguiente al término de la vigencia de la emergencia
sanitaria, en referencia al COVID 19, de aquellas Disposiciones que se dicten
posterioridad a la entrada en vigencia de dicha Resolución;
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que considere factible,
desde el punto de vista del patrimonio arquitectónico y urbano, las obras descriptas en
RE-2021-18266103-GCABA-SSGU y RE-2021-10991071-GCABA-SSREGIC.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL
DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Considerase factible, desde el punto de vista del patrimonio arquitectónico
y urbano, las Obras descriptas en RE-2021-18266103-GCABA-SSGU y en RE-2021-
10991071-GCABA-SSREGIC para el inmueble denominado “Embajada y Residencia
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6177 - 22/07/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR