Disposición Nº 1175/GCABA/DGIUR/17

FirmantesBugarín
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

VISTO:

El Expediente N° 16.736.067/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria, etc.", para el

inmueble sito en la calle Florida N° 833, Piso 3° - U.F N° 142, con una superficie a

habilitar de 22,44 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 3 del Distrito APH 51 "Catedral al

norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,

Modificado para dicho distrito por Ley 3943 (BOCBA N° 3831);

Que los usos para los inmuebles del área no comprendidos en el "Listado de

Inmuebles Catalogados" en dicho Distrito APH serán los que resulten de aplicar las

disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1 para el Distrito C2 del Código de

Planeamiento Urbano;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

16997197-DGIUR-2017, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los

usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el

Distrito;

Que los usos consignados permitidos en el Distrito C2 en el Cuadro de Usos 5.2.1.a)

del C.P.U: "Servicios Terciarios: Agencias comerciales de empleo, turismo,

inmobiliaria, etc.";

Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta

alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria, etc.", para el

inmueble sito en la calle Florida N° 833, Piso 3° - U.F N° 142, con una superficie a

habilitar de 22,44 m2, (Veintidós metros cuadrados con cuarenta y cuatro decímetros

cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación

para el presente caso.

Artículo...

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