Disposición Nº 1169/GCABA/DGDYPC/16
Firmantes | Bouza |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR |
VISTO:
El Expediente 15516158-MGEYA-DGDYPC - 2014, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el art. 17 y siguientes de la Ley N°
941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia de Maria Elisa Haines contra
GRECCO STELLA MARIS por presunta infracción a la Ley N° 941;
Que manifiesta que GRECCO STELLA MARIS en su carácter de administrador del
Consorcio de Propiedad Horizontal de la calle Arenales 1630 de esta Ciudad, no
cumple con los requerimientos legales. Acompaña prueba documental;
Que se agrega la nota NO-2015-17219045-DGDYPC por medio de la cual se solicita
informe al Registro Público de Administradores de Consorcio y su respuesta, nota NO-
2015-17229914-DGDYPC por medio de la cual el mencionado Registro manifiesta que
la señora Stella Maris Grecco se encuentra inscripta desde el 17/09/2003 bajo la
matrícula 907;
Que en base a las constancias de autos se ordena la instrucción de sumario contra
GRECCO STELLA MARIS se formula imputación por presunta infracción tipificada en
el art. 10 inc. i de la Ley 941;
Que notificada la imputación, la sumariada formula descargo;
Que no quedando diligencias sumariales pendientes, se ordena el pase de autos a
resolver;
Que ha emitido informe la Gerencia Operativa Asuntos Jurídicos por medio del cual
sugiere sancionar a GRECCO STELLA MARIS con multa de pesos nueve mil ciento
dos ($ 9102) por infracción al artículo 10 inciso i) de la Ley 941;
Que, asimismo, indica que deberá ordenarse la publicación de la disposición
sancionatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que se imputa a los sumariados la presunta infracción al art. infracción al art. 10 de la
Ley 941 que establece: "De las liquidaciones de expensas: Las liquidaciones de
expensas contendrán: ... i) Incluir el resumen de movimientos de la cuenta bancaria
del Consorcio correspondiente al mes anterior.";
Que se imputa el art. 10 porque la sumariada no habría incluído los movimientos de la
cuenta bancaria del consorcio (BBVA , convenio 0003379 Cons Prop Arenales 1630)
en las liquidaciones de expensas de julio, agosto y setiembre de 2014 que se le
atribuyen;
Que en su descargo la sumariada reconoce el incumplimiento a la norma imputada " ...
es cierto que no se acompaña con cada liquidación el extracto bancario como lo marca
el art. 10) inc. i) Ley 941 ..." y tratándose...
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